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  • La Sección Segunda desestima los recursos de apelación interpuestos por los controladores investigados por los hechos que ocasionaron el cierre del tráfico aéreo en 2010

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha dictado un auto en el que confirma la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma en la que se acordó la continuación de diligencias previas a procedimiento abreviado -auto de finalización de la instrucción- contra 84 controladores aéreos. La Audiencia desestima por tanto los recursos de apelación interpuestos por la representación procesal de los controladores investigados contra dicho auto de pase a procedimiento abreviado. El Juez instructor consideró en su resolución que existen indicios suficientes para que los hechos ocurridos en los aeropuertos de Palma, Menorca e Ibiza en diciembre de 2010 puedan ser constitutivos de un delito de sedición.

La Audiencia apunta que conforme la doctrina emanada por el Tribunal Supremo “el sobreseimiento de las actuaciones en esta fase intermedia constituye una decisión residual, de modo tal que operará la apertura de juicio oral cuando desde luego de modo inobjetable no proceda el sobreseimiento y que en supuestos de imputaciones dudosas la regla general es que las dudas han de resolverse en el acto de juicio oral”.

Por otra parte, el tribunal destaca que los hechos investigados son complejos y que “es criticable la atribución genérica que el auto recurrido hace, sin referencia por nombres y apellidos, a cada uno de los controladores investigados, pues admite y reconoce que su papel no fue el mismo, pero también hay que entender que a priori y según el planteamiento que en el auto expresa nos encontraríamos ante un delito de sedición o de huelga ilegal a cargo de funcionarios públicos que parte como presupuesto de la participación de una colectividad de sujetos, delitos que comportan una actuación conjunta”.

Cabe recordar que el Juzgado instructor decretó inicialmente el archivo provisional de la causa pero la Audiencia Provincial estimó los recursos de apelación del Ministerio Fiscal y la acusación particular y ordenó la práctica de nuevas diligencias, lo que supuso reapertura de la causa.

Los hechos investigados sucedieron en diciembre de 2010, coincidiendo con el puente de la Constitución, los controladores investigados no trabajaron (o bien no se incorporaron a sus turnos, o no cogieron el teléfono estando de guardia) presentando escritos en los que alegaban no estar en condiciones psicofísicas para desarrollarlo. Con la intención, según el auto, de paralizar el tráfico aéreo sin tener en cuenta la repercusiones que ello tendría.

Su actuación provocó retrasos en los vuelos, falta de información, cancelaciones y el sucesivo cierre de los sectores aéreos, al no estar los controladores en sus puestos de trabajo. Finalmente se declaró un RATE, cierre del tráfico aéreo, el 3 de diciembre por la tarde. El Gobierno decretó el estado de alarma el día 4 y el tráfico se reanudó unas horas después.




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