La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz con sede en Mérida ha condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.300 euros a un acusado de un delito de tráfico de sustancias estupefacientes.
La sentencia indica que el Grupo de Estupefacientes de la Policía Nacional de Mérida tuvo conocimiento a través de diversos dispositivos de vigilancia y seguimiento establecidos en los meses de septiembre y octubre de 2017, de la venta de cocaína y heroína en la zona "El Peri-San Lázaro" de la ciudad emeritense, en la modalidad conocida como "grameo".
De esta forma, se establece como hechos probados, que el acusado hizo entrega a una persona de un envoltorio con una sustancia marrón en su interior que extrajo del interior de un bolso. A la persona a quien le hizo la entrega fue interceptada por agentes de la policía y le fue incautada las sustancias.
En días posteriores volvió a tener lugar la misma operación de entrega de envoltorios con sustancias en su interior y posterior incautación de las mismas.
El día 6 de octubre de 2017 se montó un dispositivo en la corrala donde tenían lugar las operaciones y además del acusado se detuvo a otra persona a quien se le incautó siete envoltorios de aluminio con sustancias de color blanco y ocre junto con 20 euros.
Asimismo en el interior del bolso del acusado que se encontraba en el hueco del bajante interior de un portal hallaron cuarenta envoltorios de papel de aluminio que contenían una sustancia de color ocre, y once envoltorios de papel de aluminio conteniendo en su interior una sustancia pulverulenta blanca, una bolsa de plástico transparente conteniendo un cogollo de marihuana, un cigarro porro y un trozo de una sustancia vegetal prensada de color marrón, hachís, así como un total de 35 euros de forma fraccionada.
Las sustancias incautadas fueron debidamente analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología, resultando ser sustancias ilegales como cocaína, heroína y cannabis.
La droga incautada era destinada por el acusado a su venta al menudeo y hubiese alcanzado en el mercado ilegal el valor de 660 euros, señala la resolución judicial.
El otro detenido por esta causa ha sido absuelto dado que se trata de un consumidor habitual de drogas y compró las sustancias al condenado para su propio consumo, no para destinarlas al tráfico.
La sentencia no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJ de Extremadura.
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