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Bruselas, 26 abr (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) desestimó este martes el recurso de Polonia contra un artículo de la Directiva de derechos de autor, al considerar que no vulnera la libertad de expresión, pues la normativa es suficientemente garantista.

"El Tribunal de Justicia deduce que la obligación impuesta a los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea de controlar los contenidos que los usuarios deseen cargar en sus plataformas previamente a su difusión al público (...) ha sido acompañada (...) de garantías adecuadas para salvaguardar el respeto del derecho a la libertad de expresión y de información", señala el TJUE.

El artículo 17 de esa directiva obliga a las grandes plataformas de internet a vigilar que los usuarios no compartan contenido protegido por propiedad intelectual, con determinadas excepciones.

Polonia presentó un recurso ante la corte de Luxemburgo al considerar que ese requisito vulneraba la libertad de expresión y el Tribunal señala ahora que esa limitación se justifica y recuerda que la normativa exige que los sistemas de filtrado de contenidos distingan adecuadamente entre contenido lícito e ilícito.

Además, agrega la corte, el Derecho nacional sí permitirá a los usuarios cargar contenidos paródicos o humorísticos, pues están previstos en las excepciones de la normativa.

Añade que la responsabilidad de las plataformas para determinar que un contenido es ilegal "solamente puede generarse" si los propietarios de los derechos de autor les informan previamente de su existencia.

La decisión del tribunal coincide con la emitida en julio de 2021 por el abogado general asignado al caso, cuya opinión no es vinculante pero suele orientar la decisión de los jueces, y que también consideró que la directiva generase un conflicto relacionado con la libertad de expresión.




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