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La Comisión Europea ha decidido llevar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber recuperado íntegramente las ayudas estatales ilegales de hasta 100 millones de euros, concedidas como exención fiscal para los intereses pasivos y los cánones en Gibraltar, tal como disponía una Decisión de la Comisión. Este asunto se refiere a hechos acaecidos antes de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

El 19 de diciembre de 2018, la Comisión adoptó una Decisión relativa al régimen de exención del impuesto de sociedades de Gibraltar para los intereses pasivos y los cánones aplicable entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de junio de 2013 y entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2013, respectivamente, así como cinco resoluciones fiscales concedidas entre 2011 y 2013. La Decisión declaró estas medidas ilegales e incompatibles con las normas sobre ayudas estatales y que, por lo tanto, las ayudas debían recuperarse de sus beneficiarios. Como cuestión de principio, las normas sobre ayudas estatales de la UE exigen que se recupere toda ayuda estatal incompatible a fin de eliminar el falseamiento de la competencia ocasionado por la ayuda.

Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva y responsable de la política en materia de competencia, ha declarado: «Las ayudas concedidas por Gibraltar en forma de exención del impuesto de sociedades para los intereses pasivos y los cánones otorgaron una ventaja injusta a algunas empresas multinacionales y debían ser recuperadas por las autoridades del Reino Unido y de Gibraltar. Sin embargo, más de dos años después de que la Comisión adoptara esta Decisión, las ayudas aún no se han recuperado íntegramente y no se ha avanzado lo suficiente en el restablecimiento de la competencia. Esta es la razón por la que hemos decidido llevar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia por no haber dado cumplimiento a la Decisión».

De conformidad con los procedimientos habituales, el plazo para que las autoridades gibraltareñas ejecutaran la Decisión de la Comisión y recuperaran toda la ayuda ilegal era el 23 de abril de 2019, esto es, cuatro meses a partir de la notificación oficial de la Decisión de la Comisión. Hasta la recuperación íntegra de las ayudas ilegales, los beneficiarios seguirán disfrutando de una ventaja competitiva ilegal, razón por la cual la recuperación debe producirse lo antes posible.

De conformidad con el artículo 95, apartado 1, y el artículo 87, apartado 2, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, la Comisión está facultada para llevar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia por no haber dado cumplimiento a una decisión de la Comisión adoptada antes del final del período transitorio (es decir, antes del 31 de diciembre de 2020). Su artículo 87, apartado 2, confirma también que el Tribunal de Justicia es competente para conocer de estos asuntos.

La Comisión ha mantenido contactos regulares con las autoridades gibraltareñas a lo largo de todo el proceso de recuperación. Estas autoridades ya han recuperado de los beneficiarios parte de las ayudas ilegales. Sin embargo, más de dos años después de la Decisión de la Comisión, aún no habían recuperado todas las ayudas, ya que identificaron las cuatro sociedades beneficiarias de ayudas sujetas a la orden de recuperación, pero esta solo se ha completado en el caso de dos de ellas y se ha reembolsado menos del 20 % del importe total de las ayudas ilegales Sigue pendiente la recuperación de Mead Johnson Nutrition (beneficiaria de una resolución fiscal) y, en parte, de Fossil (beneficiaria del régimen de ayudas ilegal).

Por consiguiente, la Comisión ha decidido llevar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber dado cumplimiento a la Decisión de la Comisión, de conformidad con el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).




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