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  • El TJUE ha publicado en el Diario Oficial de la UE una actualización de las instrucciones prácticas para las partes de un eventual proceso ante el tribunal europeo.

El TJUE adoptó a finales de noviembre de 2013, sobre la base del artículo 208 de su Reglamento de Procedimiento, unas nuevas Instrucciones prácticas a las partes sobre los asuntos sometidos al propio TJUE. Con esas Instrucciones se pretendía dar a las partes y a sus representantes instrucciones concretas, basadas en el Reglamento de Procedimiento adoptado en septiembre de 2012, y teniendo principalmente en cuenta la experiencia adquirida durante el primer año de aplicación de este nuevo Reglamento.

Tras la entrada en vigor de estas instrucciones el 1 de febrero de 2014, se han producido sin embargo varias evoluciones importantes, tanto desde el punto de vista técnico como reglamentario. Así, por un lado, las partes recurren cada vez más a los medios de comunicación electrónicos para transmitir sus escritos procesales, lo que contribuye a una mayor celeridad en la tramitación de los asuntos, pero exige, al mismo tiempo, que se especifiquen con mayor detalle tanto el modo de efectuar esa transmisión como las medidas que deben adoptarse para facilitar el tratamiento y la traducción del escrito presentado y, en su caso, proteger la confidencialidad de la información recogida en él.

Por otro lado, el Reglamento de Procedimiento del TJUE ha sufrido diversas modificaciones desde 2012, bien para aclarar o precisar las modalidades de intervención de las partes ante el Tribunal, bien para reflejar los cambios efectuados por el legislador de la Unión en ámbitos tales como la protección de los datos personales o la tramitación de los recursos de casación contemplados en el artículo 58 bis del Protocolo sobre el Estatuto del TJUE.

Así pues, para conseguir una administración de justicia eficiente y a fin de hacer más legibles estas instrucciones a las partes, el TJUE ha decidido adoptar unas nuevas Instrucciones prácticas que tengan en cuenta la evolución de los últimos años.

Estas nuevas Instrucciones, aplicables a todos los tipos de asuntos que se someten al TJUE, no reemplazan las disposiciones pertinentes del Estatuto y del Reglamento de Procedimiento. Su objetivo es permitir que las partes y sus representantes comprendan mejor el alcance de tales disposiciones y disciernan con más claridad el desarrollo del procedimiento ante el TJUE y especialmente las exigencias a las que está sometido, sobre todo las relacionadas con la tramitación y la traducción de los escritos procesales o con la interpretación simultánea de las observaciones expuestas en las vistas orales. El hecho de respetar y de tomar en consideración estas Instrucciones constituye, en efecto, tanto para las partes como para el TJUE, la mejor garantía de que el Tribunal podrá tramitar de manera óptima los asuntos.

Puede acceder al texto completo de las instrucciones a través del siguiente enlace:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.LI.2020.042.01.0001.01.SPA&toc=OJ:L:2020:042I:TOC




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