Bruselas, 21 dic (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que las normas de la UEFA y de la asociación belga de fútbol que exigen incluir un mínimo de jugadores de cantera en las alineaciones pueden infringir las normas europeas de competencia y de libre circulación de trabajadores
No obstante, la corte europea deja en manos de los tribunales nacionales verificar si este es el caso o si, por el contrario, las reglas son justificadas y proporcionadas para conseguir objetivos legítimos.
A petición de un tribunal belga, el TJUE se pronunció ante el recurso presentado por el club Royal Antwerp de Bélgica y un jugador contra las normas que obligan desde 2008 a incluir un mínimo de ocho "jugadores formados localmente" -en el mismo club o en otro de la federación nacional -en un plantilla de hasta veinticinco, de los que al menos cuatro deben haber sido formados en dicho club.
La Federación belga adoptó normas inspiradas en estas pero, a diferencia de la UEFA, exige que los ocho hayan sido formados por el equipo del que se trate.
Los demandantes recurrieron a la justicia belga por considerar que estas normas restringen la posibilidad de que un club fiche a un jugador que no cumpla el requisito de arraigo local o nacional e infringen así las normas europeas que garantizan la libre circulación de trabajadores.
En la sentencia dictada hoy, el TJUE confirma que las normas de ambas federaciones deben respetar las reglas de competencia y libertad de movimiento de la UE puesto que conciernen al ejercicio de una actividad económica y profesional.
Por lo que respecta a la competencia, la Corte señala que las normas sobre canteranos podrían tener como objeto restringir la competencia entre los clubes por fichar a jugadores talentosos independientemente de dónde se hayan formado, pero precisa que dependerá del tribunal nacional decidir si esto es así ya sea por el objeto mismo de las reglas o por sus efectos.
Señala que debe darse la posibilidad de la UEFA y la federación belga de demostrar que estas reglas podrían estar justificadas por objetivos legítimos y que son estrictamente necesarias para lograrlos.
En cuanto a la libre circulación de trabajadores, el TJUE cree que las reglas pueden generar una discriminación indirecta basada en la nacionalidad contra jugadores que vengan de otros Estados miembros de la UE, a menos que estas tengan como objetivo garantizar el objetivo de animar, a nivel local, al fichaje y la formación de jóvenes jugadores profesionales y que no vayan más allá de lo estrictamente necesario para conseguirlo.
Aquí también, corresponderá a las federaciones europea y belga demostrar ente la justicia nacional que este es el caso.
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