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Uno de los efectos de la revolución tecnológica que estamos viviendo actualmente es la realidad en constante cambio a nivel laboral que, junto al carácter internacional de la muchos negocios y las nuevas demandas de flexibilización de los trabajadores, hicieron necesario la regulación en España de los “nómadas digitales”, aquellas personas que eligen trabajar en remoto desde cualquier parte del mundo. Esa necesidad resultaba especialmente urgente en los casos en los que el nómada digital es un ciudadano extracomunitario.

En diciembre de 2022, el legislador español eligió incluir esta figura con el nombre de “teletrabajador de carácter internacional” en la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley Startups), desarrollada más tarde por unas instrucciones que arrojaron luz a la inicial incertidumbre que acompañó su entrada en vigor. La normativa reguló un nuevo tipo de visado y una autorización de residencia diseñados para esta nueva realidad laboral, pero con matices y requisitos que restringían quienes pueden optar a dicho permiso.

A efectos de poder solicitar un visado o una autorización de residencia como teletrabajador de carácter internacional, se considerará “nómada digital” aquella persona extracomunitaria que haya trabajado al menos 3 meses para una o varias empresas situadas fuera de territorio español con una actividad mínima de 1 año, pueda trabajar 100 % en remoto, disponga de la titulación o experiencia suficiente y perciba unos ingresos superiores al doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Después de un año y medio de la entrada en vigor de la Ley de Startups y de la práctica por parte de individuos, profesionales y la misma Administración de tramitación, los criterios han quedado bien definidos, así como las casuísticas más comunes.

A continuación, compartimos las lecciones aprendidas de la tramitación de visados y autorizaciones de residencia para teletrabajadores de carácter internacional:

  • Las realidades de los nómadas digitales son muy variadas y en muchas ocasiones puede parecer que no encajan en la estructura normativa española. En estos casos el éxito de la solicitud dependerá de si se explica y demuestra correctamente la realidad de la relación laboral o profesional. Para ello es esencial disponer de documentación oficial.
  • El cumplimiento de los requisitos debe ser demostrable. Ya sea la relación con la empresa extranjera, la titulación o experiencia profesional, o incluso los ingresos económicos. Este último punto es de especial relevancia puesto que hay que poder aportar extractos bancarios que muestren la percepción de dichos importes en la cuenta personal del solicitante y que provienen de la empresa detallada en la solicitud.
  • Hemos podido observar tres tipos de nómadas digitales:
    • Empleados: estos casos son los menos comunes por las complicaciones relacionadas con las cotizaciones de estos trabajadores en la Seguridad Social. Cuando se trata de un empleado con contrato de trabajo, hay dos opciones: que exista un Convenio entre España y el país de la empresa que permita mantener las cotizaciones en el país de origen; o que la empresa se registre en España como empresa no residente y abone las cotizaciones en España (algo que muchas empresas extranjeras no están dispuestas a hacer por los gastos que comporta y las posibles implicaciones fiscales para la sociedad).
    • Contractors: muy común es la figura del “contractor” o “freelance”, cuya facilidad recae en que solamente se precisa de una declaración jurada de que el solicitante se dará de alta en el régimen de trabajadores autónomos en España. Esta opción es la más común por tratarse de la categoría clásica de nómada digital cuyo contrato de prestación de servicios ya preveía la posibilidad de trabajar desde cualquier punto del mundo con conexión a internet.
    • Autónomos societarios: esta categoría menos esperada al inicio de desarrollar este permiso corresponde a aquellas personas que prestan servicios para su propia empresa y que gracias a los encuadramientos de Seguridad Social, su tramitación se simplifica a través de la declaración jurada de que el solicitante se dará de alta en el régimen de trabajadores autónomos en España.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social: tener clara la forma correcta de cotización a Seguridad Social es esencial para estas autorizaciones y especialmente para las renovaciones. Estamos observando, especialmente con teletrabajadores de carácter internacional que obtuvieron los primeros visados en los Consulados de España, un gran desconocimiento de este requisito lo que pone en riesgo las autorizaciones de residencia que tienen que tramitar actualmente en España.
  • El trabajo debe poder realizarse totalmente en remoto. Actualmente engloba a la gran mayoría de profesiones, pero no todas las profesiones o relaciones laborales podrán incluirse en esta categoría. Profesiones que incluyen trabajos manuales o la presencia física en el país de origen, aunque sea una sola vez al año no servirán.
  • A nivel fiscal, únicamente se podrán acoger al Régimen especial de la Ley Beckham aquellos teletrabajadores de carácter internacional cuya relación con la empresa extranjera sea de carácter laboral, dejando fuera a todos los que son autónomos o autónomos societarios.

Los nómadas digitales son una realidad que ha venido para quedarse y ofrecen opciones de enriquecimiento de talento indiscutible para España y para todas aquellas personas que deseen desarrollar sus proyectos profesionales de forma flexible en España. Aunque no dispongan de permiso para trabajar para empresas españolas, su presencia física en el territorio español va a favorecer su atracción a la vez que fortalecerá la competitividad del tejido empresarial español.

Debido a la diversa casuística de solicitantes y la rigidez de la estructura normativa aplicable, es esencial contar con una buena preparación y un asesoramiento especializado a la hora de tramitar estas solicitudes y así garantizar el éxito de la solicitud. Este asesoramiento no es únicamente necesario para obtener el permiso sino también para diseñar una estrategia integral que incluya aspectos migratorios, laborales y fiscales que sea satisfactoria para el solicitante.




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