Alvarez Abogados Tenerife
Los distintos tipos de testamentos que existen son el testamento ológrafo, abierto, abierto especial y cerrado. Desde el fallecimiento del testador, se dispone de un determinado plazo para realizar el reparto de la herencia según se indique en el testamento
Tipos de testamentos que puede otorgar
El testamento regirá el reparto de los bienes y deudas del fallecido entre sus herederos, y se distinguen varios tipos: testamento ológrafo, testamento abierto, testamento abierto especial y testamento cerrado.
Testamento abierto
Es el testamento más común. En el testamento abierto, el testador manifiesta su última voluntad ante la persona que deba autorizarlo, y esta queda enterada de su contenido. Este tipo de testamento sí debe ser registrado ante un notario, que será el encargado de registrar las últimas voluntades del testador. La transmisión puede ser oral o escrita. Generalmente este tipo de testamento no requiere de la presencia de testigos aunque hay varios supuestos en los que sí es obligatorio que acuda alguien más que el notario:
- El testador no sepa o pueda firmar.
- Cuando sea ciego o declare no saber o poder leer el testamento.
- Cuando lo reclame el notario.
Testamento ológrafo
Es el redactado de puño y letra por el testador y sin que medie notario. No es necesario que haya testigos, y debe estar firmado con la rúbrica habitual de esa persona, además de una referencia temporal. Entre sus ventajas, es uno de los más fáciles de redactar. El testamento ológrafo es menos utilizado que el testamento abierto. Se trata de un testamento que el testador escribe por sí mismo, sin necesidad de que intervenga otra persona para su autorización en ese momento.
Tiene que reunir una serie de requisitos para tener validez. Debe estar totalmente escrito por el testador y firmado por él y debe constar dentro la fecha (día, mes y año) en el que se ha otorgado. Si existen palabras entre líneas, tachadas o enmendadas deberá salvarlas debajo de la firma. Si el testador lo redacta sin asesoramiento de un profesional, al no ser supervisado en el momento de su otorgamiento corre el riesgo de que no cumpla con algún requisito legal y carezca de validez.
Testamento cerrado
Al igual que en el testamento abierto, generalmente pasa por las manos de un notario, aunque en estos casos se trata de un testamento secreto cuyo contenido no conocen más personas.
La esencia de este tipo de testamento es esa, su secretismo. El procedimiento para testar por este método tiene que seguir unas pautas muy marcadas que incluyen la forma de preparar los varios sobres para que no pueda ser manipulado: un sobre con el pliego de las últimas voluntades dentro de otro sobre. Le llevaremos una cubierta cerrada y sellada de forma que no se pueda extraer el testamento sin romperla e indicaremos al Notario que contiene nuestro testamento y sus características: si está escrito de su puño y letra o por un medio mecánico o por otra persona a la que se lo haya pedido o como se ha firmado. En estos casos, al no conocer el contenido el Notario no podrá indicarle si el testamento es válido o no legalmente.
Testamentos especiales
Son testamentos especiales el militar, el marítimo y el otorgado en país extranjero.
Testamento militar: Se trata de un testamento pensado para tiempo de guerra y permite que las personas que sirven o acompañan al ejército puedan otorgar su testamento ante personas distintas de un notario.
Testamentos marítimo: Durante un viaje por mar podemos sentir la necesidad de hacer testamento. Nuestra legislación contempla ante qué personas podemos hacerlo. Por ejemplo en los buques mercantes se podrá hacer ante el Capitán y en presencia de dos testigos que se elegirán entre los pasajeros. También ante la persona que haga las veces de Capitán.
Testamento hecho en país extranjero: Los españoles podrán testar fuera de España, según la legislación del país en que se encuentren, pero con particularidades. Las autoridades diplomáticas o consulares españolas se encargarán de los trámites relacionados con el archivo del testamento.
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