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Madrid, 19 sep (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un abogado a seis meses de prisión y a pagar 617.263 euros, además de una multa de 900 euros, a una joven por hacer posible que otro familiar se quedase con parte de su herencia, aceptándola en su nombre sin que ella lo supiera.

En esta causa estaban procesados tanto este abogado. Pedro G., como su representado, el tío de la víctima -Francisco Jesús C.-, quién ejercía de albacea del testamento de su padre y que ya fue exonerado de los delitos de los que estaba acusado por una demencia sobrevenida, provocada por un ictus, antes de la celebración del juicio.

La sentencia dictamina que el condenado en la causa, en la que se aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas porque el proceso se ha prolongado durante diez años, pague a la víctima los 617.263 euros que le faltaban por recibir legalmente, ya que solo había ingresado unos 800.000 euros del total que le pertenecía.

En la sentencia remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, este martes se considera probado que Pedro G. fue el abogado de Francisco Jesús C., el tío de la víctima y el encargado de cumplir con la última voluntad de Alberto C., quien falleció en 2007 y dejó a su nieta como la heredera universal de todos sus bienes, derechos y acciones.

Alberto C. falleció el día 8 de abril de 2007, momento en el que Francisco Jesús realizó el cuaderno particional de una herencia que ascendía al valor de más de 2,1 millones de euros, de los cuales 1.669.360 euros iban dirigidos a la nieta del fallecido y otros 238.480 euros eran para cada uno de sus dos hijos.

Según el magistrado, la nieta no tuvo conocimiento de este reparto hasta que, años después, obtuvo una copia en la notaría, aunque sí que había firmado un borrador, preparado por el acusado, en el que tomaba conocimiento de que los legados de los que eran beneficiarios sus tíos se pagarían en metálico un día determinado.

Posteriormente, el 27 de octubre de 2008 el abogado Pedro G., en acuerdo con su cliente y sin conocimiento de la víctima, realizó las operaciones tendentes a la liquidación del impuesto de sucesiones de la herencia ante la Comunidad de Madrid.

Cuando la heredera recibió en su domicilio la notificación de estos hechos, "sorprendida" se puso en contacto con su tío, que le informó de que la herencia había sido aceptada en su nombre por el abogado el 1 de agosto de 2008 "sin contar con poder para ello", según reza en la sentencia.

Estas operaciones testamentarias eran "imprescindibles" para que su tío dispusiera de los bienes hereditarios "a su antojo, como así hizo, con absoluto desconocimiento por parte de la heredera universal".

La Fiscalía, en sus conclusiones definitivas, pidió para el procesado una pena de siete meses de prisión y una multa de 2.100 euros, mientras que la acusación particular, al considerar el agravante de cooperador necesario, pidió tres años de prisión y una multa de 22.500 euros.

La defensa, por su parte, "mostró disconformidad con los hechos punibles" y pidió la absolución del acusado. 




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