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  • El primero de ellos se saldó con la muerte de un policía y otro herido de gravedad

La Audiencia Nacional ha condenado a 61 años de cárcel a la exjefa de ETA María Soledad I., ‘Anboto’, por dos acciones terroristas, una de ellas el atentado contra los policías que vigilaban la entrada de las oficinas del DNI en Bilbao en enero de 1995, en el que murió un agente y otro resultó gravemente herido, y la otra la perpetrada contra una entidad bancaria de Getxo en 1994.

En dos sentencias, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal condena a ‘Anboto’ en sendos juicios celebrados en la Audiencia Nacional por atentados ejecutados por el comando Itsasadar de la banda terrorista en ejecución de las órdenes impartidas por la acusada y con las armas que esta les facilitó.

En el primero de ellos, el atentado contra los policías que vigilaban la entrada de las oficinas del DNI en Bilbao, la Sala señala que la acusada entregó a los miembros de ETA Agustín A. y Aitor F. las armas con las que cometieron dicha acción el 13 de enero de 1995.

De acuerdo con el relato de la sentencia, los miembros de la banda se dirigieron a los policías nacionales que custodiaban las dos entradas de las oficinas de expedición de los documentos de identidad y pasaportes en Bilbao y dispararon contra el agente Rafael Leiva, que murió en el acto, y contra Domingo Durán, que sufrió heridas de gravedad.

Por estos hechos, la Audiencia condena a ‘Anboto’ a 30 años de cárcel por delito de atentado terrorista con resultado de muerte y a otros 20 años por delito de asesinato frustrado.

La segunda de las condenas hace referencia al artefacto colocado el 14 de septiembre de 1994 en la facha de un banco de la calle Arretako Etorbiden de Getxo también por miembros del comando Itasasadar y que causó diversos desperfectos en las viviendas cercanas.

En este caso, la Sala considera probado que la procesada, como jefa de los comandos de ETA, dio las órdenes y facilitó el material necesario para la comisión del atentado terrorista y le impone 11 años de cárcel como cooperadora necesaria de un delito de terrorismo.




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