Carpeta de justicia

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el presidente del CVCA, Agustín Ferrer

El Consejo Valencia de Colegios de Abogados (CVCA) remitió la última propuesta de protocolo de suspensiones de vistas en fecha 4 de noviembre de 2020, si bien lleva más de una década interesando de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la firma de un protocolo de estas características, que garantice la seguridad jurídica y la conciliación profesional/familiar de los profesionales del derecho, en supuestos de previsibles catástrofes naturales, maternidad/paternidad y enfermedades, entre otras. Un protocolo que nunca se ha podido firmar al entender la Sala de Gobierno que esas decisiones eran, en todo caso, una competencia jurisdiccional

Ante tal negativa, el CVCA no ha cejado ni cejará en su empeño de interesar dicha firma, como ha ocurrido en otras comunidades autónomas, al entender que es una herramienta imprescindible para procurar la mejor defensa de los intereses de la ciudadanía en general y, en particular, de la judicatura y la abogacía, en la medida en que pueden conocer de antemano si se dan los requisitos para la suspensión de la vista. En este sentido, el presidente del CVCA, Agustín Ferrer, afirma que “la aprobación de un protocolo de estas características de manera consensuada es imprescindible en la Comunitat Valenciana, para dar la mayor seguridad jurídica posible y contribuir, junto al resto de la ciudadanía, a frenar la pandemia de la COVID-19”.  “El protocolo puede ser muy útil en los actuales tiempos, donde de forma diaria se suspenden juicios atendiendo a criterios diversos y particulares de cada juzgado, sin que existen unas normas comunes, que permitan tener seguridad jurídica a los abogados”, señala el presidente de la Abogacía Valenciana.

El documento remitido al TSJCV -a través de la Comisión de Relaciones con la Justicia (CRAJ) de la que dispone el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados- incluye el último de los protocolos presentados, que recoge, entre otras cuestiones, la prioridad de suspensión de las diligencias singulares frente a una vista sobre el fondo de un asunto. Asimismo, en el caso de que el abogado defensor en una causa tenga dos vistas señaladas para el mismo día en distintos Tribunales, se propone desde el CVCA, que se otorgue preferencia, a la hora de decidir la suspensión, a aquellos juicios de procesos ante el tribunal del jurado, los juicios con personas presas, y a los juicios y vistas referidos a la adopción de medidas protectoras o cautelares que afecten a menores de edad, en el orden señalado.

En el caso de circunstancias personales del abogado, el protocolo remitido, contempla que se pueda solicitar la suspensión de actuaciones judiciales del profesional afectado por un periodo de 90 días. Y, en el supuesto de dar positivo por COVID-19, la suspensión deberá extenderse durante el tiempo que dure el confinamiento prescrito. Por otro lado, el documento, incluye también la suspensión de las actuaciones judiciales por tratamientos de fertilidad -en los supuestos de embarazo- cuando haya una intervención clínica, o cuando sea necesario guardar reposo, en caso de embarazo de riesgo, así como la suspensión durante 90 días naturales cuando tenga lugar un nacimiento o adopción.




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