En numerosas ocasiones, los clientes que llegan a nuestro despacho enfrentan una situación recurrente: algún familiar ha dispuesto de dinero de las cuentas bancarias del causante, ya sea como cotitular o autorizado, para uso personal o compras. Sin embargo, el heredero contrario no está de acuerdo en incluirlo en la masa hereditaria. Examinaremos las opciones para abordar esta situación.
Podríamos considerar dos vías: la jurisdicción penal y la civil. En casos de sucesión familiar, la jurisdicción penal suele excluirse, ya que se aplicaría el código penal eximiendo al heredero por parentesco. Además, los procedimientos penales suelen ser largos y complejos, con una posible excusa absolutoria.
Por tanto, es más común abordar esta cuestión en la vía civil. Aquí, hay dos opciones principales: buscar un acuerdo extrajudicial o iniciar un procedimiento judicial. Si se opta por la vía judicial, se pueden seguir dos caminos: el procedimiento de división de herencia o el procedimiento ordinario de reintegración a la masa hereditaria.
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