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Murcia, 24 nov (EFE).- Una paciente que tras sufrir un desgarro en el parto expulsaba heces por la vagina, como consecuencia de una incorrecta sutura, tiene derecho a ser indemnizada con 370.000 euros por la compañía con la que tenía concertado un seguro de asistencia médica.

Así se dispone en la sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia de Murcia que acaba de ser confirmada por la Audiencia Provincial al desestimar el recurso de apelación que planteó la aseguradora y en el que alegó falta de legitimación pasiva y prescripción de los hechos.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso EFE, ratifica así la resolución del juzgado, que condenó también a la demandada a pagar los intereses devengados desde febrero de 2020, cuando tuvo conocimiento de la reclamación, incrementados en un 50 por ciento.

El juzgado declaró probado que tras el desgarro, de grado cuatro, ocurrido en el parto, se suturó en bloque la mucosa rectal y la vagina, sin realizar una identificación correcta de los esfínteres anales, lo que provocó la incontinencia de heces y su salida por aquella zona.

Y añadió que esa actuación médica, como había señalado el abogado de la paciente, Miguel Cáceres, había sido incorrecta al haberse realizado la suturación como si se tratara de una episiotomía.

La Audiencia Provincial de Murcia, al desestimar el recurso, dice que coincide con las valoraciones hechas por el juez de Primera Instancia, y añade que curar el desgarro como si se tratara de una episiotomía no era lo más adecuado dada la magnitud de la lesión.

El tribunal concluye que, según el informe pericial aportado por la perjudicada, ésta fue víctima de una mala actuación médica, lo que le ha producido una merma definitiva en la capacidad de restitución de las funciones defecatorias.




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