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Tanto la Ley de Seguridad Vial, como el Reglamento General de Circulación, establecen que la parada y el estacionamiento siempre deben efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo.

Debiéndose tener en cuenta que todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que permita la mejor utilización del restante espacio disponible. En consecuencia, cualquier estacionamiento que no cumpla con estos requisitos puede suponer una infracción, que podría ser considerada grave y que, por tanto, podría ser sancionada con multa de 200 euros.

En este sentido la Policía de Palma de Mallorca ha advertido que estacionar el coche pegado al vehículo de al lado tendrá una sanción de 200 euros. El organismo público ha escrito un tweet en la cuenta oficial explicando que si “no cabe” el coche en el lugar elegido se busque otro aparcamiento para evitar roces y dejar cerrados a otros conductores.

Mallorca no es la única ciudad española que multa este tipo de infracciones. En general todas las ciudades y municipios españoles recogen esta normativa en sus Ordenanzas Municipales reguladoras de la Circulación y, si bien, en algunos casos la sanción puede ser de una cantidad inferior en función de la regulación municipal, lo cierto es que lo normal sea la imposición de una sanción de 200 euros. Este problema surge cuando el aparcamiento es en paralelo ya que resulta difícil dirimir quien ha estacionado mal.

Infracciones desconocidas

Todo conductor es consciente que no puede conducir bajo los efectos de las drogas o el alcohol, sin ponerse el cinturón de seguridad o hablando por teléfono sin manos libres, por ejemplo. Sin embargo, hay muchas acciones habituales que son sancionadas y la mayoría desconocen. 

Según el Reglamento General de Circulación estas acciones suponen multas o pérdida de puntos:

  • Conducir con una mano o el brazo al completo fuera de la ventanilla supone una sanción de hasta 200 euros.
  • Ir descalzo o con chanclas conduciendo puede ser sancionado con 200 euros, ya que se considera un requisito que puede disminuir la capacidad de controlar el vehículo.  
  • Comer o terminarse de arreglar mientras esperas en un semáforo en rojo puede suponer una multa de 100 euros.
  • Abusar del claxon sin tener un motivo justificado te expone a una multa de 80 euros.
  • Según las diferentes Ordenanzas Municipales ir con la música muy alta se sancionará con 80 o 100 euros depende de la ciudad. Si se aplica otro tipo de leyes como las protectoras del Medio Ambientes, la de ruidos o protección ciudadana la cantidad es más elevada.
  • Circular por el carril izquierdo o central en el caso de que este el derecho libre supone otra multa de 200 euros según se establece en los art. 29 y 31 del Reglamento General de Circulación.
  • Aparcar en la arena de la playa, a pesar de que parezca la menos grave, supone hasta 6.000 euros si se encuentra en un espacio protegido.
  • Todavía son muchas las personas que mientras repostan en las gasolineras hablan por el teléfono móvil, una acción que puede suponer una multa de 100 euros.

Estas son algunas de las acciones más habituales que los conductores realizan sin saber que están cometiendo infracciones sancionables. También, son actos que pueden acarrear una multa las distracciones como morderse las uñas, discutir al volante y besar al copiloto. Todas ellas pueden ser sancionadas con 80 euros ya que suponen acciones que distraen de la conducción.




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