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El juzgado nº 2 de lo Contencioso de Vigo ha estimado la demanda de un repartidor de paquetería y ha fijado una indemnización de 5.000 euros por las lesiones que sufrió tras tropezar en la calle por una deficiencia en la acera.

Según la sentencia, desde el juzgado se ha aplicado la lógica y la razón, y a pesar de que el accidente no hubiese sido presenciado por nadie, dan por acreditada su realidad.

“Tanto en el informe policial, como en el parte de la ambulancia se ha reflejado el mismo mecanismo causal, caída casual en la vía pública, y el desperfecto en la acera objetivamente resulta incuestionable” señala.

Para Manuel Lamas, abogado que ha llevado el caso, esta sentencia “fija criterios objetivos que el propio juzgador anuncia que seguirá en el futuro acerca de cuándo se va a entender que existe responsabilidad patrimonial de la Administración en tema de caídas por tropiezo en la vía pública, siendo bastante afines a los intereses de los administrados”.

De esta manera, el repartidor, que en un inicio reclamaba 22.298,77 euros, recibirá por parte del Concello de Soutomaior una indemnización de 5.000 euros por los daños y perjuicios sufridos. La sentencia es firme y no cabe interponer recurso alguno.




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