Carpeta de justicia

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  • Afecade logra la primera sentencia contra evo, una de las financieras de iDental
  • La financiera es condenada a pagar 5.000 euros más intereses en concepto de cantidad necesaria para completar el tratamiento de una paciente de iDental a la que se dejó a medias con graves secuelas

El juzgado de Primera Instancia Nº2 de Valladolid ha fallado a favor de una de las damnificadas por la macro estafa de iDental y en contra de una de las financieras de estas clínicas dentales, EVOFinance. La financiadora, que prestó 3.000 euros en 2015 a la demandante (defendida por los abogados de la Plataforma en Defensa del Paciente AFECADE), ha sido condenada a pagar 5.000 euros a la paciente en concepto de cantidad necesaria para completar el tratamiento que iDental llevó a cabo defectuosamente y dejó sin terminar unilateralmente por el cierre de las clínicas en 2018.

Además, la justicia también condena a EVO a pagar los intereses que pudieran corresponder desde la interposición de la demanda y a dar como resuelto el crédito contraído (aunque éste ya había sido satisfecho en su totalidad por la demandante).

Los hechos se remontan al mes de agosto de 2015 cuando la paciente contrató un tratamiento con iDental (implantes y prótesis removibles), por el importe de 3.000 euros, y que fue financiado a través de Fracciona (ahora EVOFinance) a razón de 36 cuotas mensuales de 83,34€ cada una. El crédito fue suscrito por el hijo de la paciente.

Dicho crédito ha sido satisfecho. No así el tratamiento, que fue defectuoso (prótesis rotas, movilidad de los tornillos, etc) y que fue interrumpido unilateralmente por iDental a mediados de 2018 a raíz del cierre de las clínicas.

El juez de primera instancia, sin embargo, ha desestimado la petición de la demandante de una indemnización de 34.200 euros por el daño moral ocasionado y los graves perjuicios físicos del tratamiento defectuoso (inflamaciones continuas, dolores de cabeza, temor al contagio de VIH y de hepatitis, problemas laborales derivados, etc), al considerar que la financiera no puede ser responsable del delito contra la salud cometido por iDental.

Desde AFECADE, los letrados que han defendido a una de las afectadas por iDental aseguran estar “muy satisfechos con la sentencia. Primero porque se ha hecho justicia y nuestra cliente podrá por fin concluir su tratamiento y tener una salud dental digna. Pero, además, porque se ha admitido uno de nuestros principales argumentos como plataforma: que las financieras deben cumplir con el contrato. Los afectados de iDental han pagado un tratamiento y la financiera debe abonar el importe para acabar el mismo, aunque, como es el caso, sea superior al importe financiado”.

Es decir, que las financieras tienen que cumplir con el contrato que ha incumplido iDental. En este sentido, desde AFECADE, que defienden a centenares de afectados con la colaboración de ASUFIN (Asociación de Usuarios Financieros), se muestran contrarios a que en la sentencia se desestime condenar a la financiera a pagar daños morales.

Creemos que las financieras deberían abonar estos daños morales, por cuanto la Ley de Contratos de Crédito al Consumo establece que se puede reclamar al suministrador del servicio y además ‘todos los derechos’ a las financieras. Con lo cual, entendemos que deberían incluirse los daños morales, a los que sin duda hubieran condenado a iDental”.

Recordemos que en el caso Funnydent, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a la financiera a abonar estos daños morales.

 La sentencia es recurrible en el plazo de 20 días.




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