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Bruselas, 6 jul (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) precisó este jueves que la responsabilidad objetiva de las compañías aéreas para accidentes engloba también los primeros auxilios inadecuados dispensados a bordo del avión.

La corte respondió así a una presunta prejudicial planteada por un tribunal austríaco en el litigio entre la compañía Austrian Airlines y un pasajero que sufrió quemaduras al caérsele encima una cafetera con café caliente y que recibió primeros auxilios a bordo del avión considerados inadecuados, lo que influyó en el agravamiento de las heridas.

Austrian Airlines alegó que debía desestimarse la demanda, ya que fue interpuesta una vez expirado el plazo de dos años establecido en el convenio de Montreal, que regula las acciones de indemnización de daños y perjuicios relativas a accidentes ocurridos a bordo.

Por ello, el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal austriaco preguntó al TJUE si la administración, a bordo de una aeronave, de primeros auxilios inadecuados a un pasajero, que conllevaron un agravamiento de las lesiones corporales ocasionadas por el accidente deben considerarse comprendidos como parte del mismo incidente.

A esa pregunta, el Tribunal de Justicia responde afirmativamente, ya que observa que no siempre es posible atribuir el acaecimiento de un daño a un acontecimiento aislado cuando dicho daño es consecuencia de un conjunto de acontecimientos interdependientes.

Así, un conjunto de acontecimientos intrínsecamente relacionados que se suceden, sin interrupción, en el espacio y en el tiempo, deben considerarse como un único y mismo "accidente", en el sentido del Convenio de Montreal, dice la corte.

En el caso examinado, habida cuenta de la continuidad espacial y temporal que une la caída de la cafetera y los primeros auxilios dispensados al pasajero lesionado, el tribunal establece que no puede negarse la existencia de una relación de causalidad entre las quemaduras y el agravamiento de las lesiones corporales que ocasionó, como consecuencia de la administración de primeros auxilios inadecuados.

El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolverlo de conformidad con el dictamen emitido por la justicia europea que vincula igualmente a los demás tribunales nacionales con problemáticas similares.




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