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“Un tatuaje es para toda vida”. De primeras, esta frase impresiona, pero lo cierto es que ya no es del todo cierta, pues existen técnicas que permiten su eliminación de la piel. Los motivos para decidir borrar un tatuaje son muchos, siendo uno de los principales un resultado final insatisfactorio. Pensemos, por ejemplo, en una frase. Decidido qué queremos tatuarnos en la piel, acudimos a un centro autorizado con el texto y cuando acaba el proceso, nos damos cuenta que el tatuador se ha olvidado alguna palabra o ha cometido una falta de ortografía. Una situación más habitual de lo esperado.También se han dado casos en los que la tinta se ha esparcido o el resultado final dista mucho del esperado. Estos son, situaciones reales de tatuajes mal hechos.

Ya con el tatuaje finalizado, cuando el resultado final no es el esperado, surge la siguiente pregunta ¿y ahora qué hago? En muchos casos, el problema de los tatuajes mal hechos se soluciona repasando los mismos o añadiendo la parte incompleta. Pero ¿y si no es posible? Llega el momento de pensar en reclamar.

¿Qué reclamar por tatuajes mal hechos?

Si te realizaste un tatuaje en un centro autorizado, con licencia para esta actividad, podrás reclamar. Se trata de una relación contractual. Es decir, una relación en la que quien presta el servicio tiene que cumplir con una serie de obligaciones y en la que ambas partes tienen unos derechos.

Estos contratos están sometidos a responsabilidad civil.

Esa responsabilidad civil, recogida en el Capítulo II, artículo 1.101 del Código Civil señala textualmente que “quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.” En otras palabras, ante tatuajes mal hechos que provoquen un daño o perjuicio, puedes reclamar una indemnización.

El primer paso de esa reclamación es la negociación extrajudicial con el centro donde te realizaste el tatuaje. Si no se llegara a un acuerdo, hay que acudir a la vía judicial para reclamar la indemnización correspondiente.

Los centros de tatuajes están regulados por las comunidades autónomas

En España, las comunidades autónomas tienen transferida la competencia en relación a los centros de tatuajes, piercing y micropigmentación. Cada autonomía regula las normas sanitarias que deben aplicar los técnicos de micropigmentación en los centros habilitados para esta tarea.

Esto se debe a que la práctica de realizar tatuajes y piercing conlleva ciertos riesgos para la salud, por lo que es regulado en diferentes decretos legislativos. Así, por ejemplo, en Cataluña el “Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el que se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piércing, así como los requisitos higiénico-sanitarios que tienen que cumplir los establecimientos donde se realizan estas prácticas” regula que en estos establecimientos no se pueden realizar prácticas consideradas procedimientos médicos y sanitarios, las cuales se deben llevar a cabo exclusivamente en centros y servicios sanitarios. O en Madrid, donde el “Decreto 35/2005, de 10 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las prácticas de tatuaje, Micropigmentación, perforación cutánea (“piercing”) u otras similares de adorno corporal” exige a los técnico de tatuajes la realización de un cursos higiénico-sanitario de 40 horas para certificarse en esta tarea.

Normativas que regulan la actividad tatuadora por comunidades autónomas.

Borrado de tatuajes mal hechos

Borrar tatuajes mal hechos es posible. Esta técnica es mucho más cara en tiempo y dinero que la realización del propio tatuaje y, en numerosas ocasiones, el resultado tampoco es el esperado.

Desde reclamador.es te recomendamos que acudas a un centro en el que la eliminación del tatuaje sea realizada o supervisada por un médico especialista. Si el resultado del borrado no es el acordado, también puedes reclamar.

Como te explicamos en el post sobre cómo reclamar el borrado de un tatuaje, se trata de un tratamiento satisfactorio, es decir, que se pretende conseguir un resultado y te sometes a él no por un problema de salud, sino en búsqueda de unos resultados estéticos determinados.

 




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