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¿Sabes qué debes hacer si te ha mordido un perro o tu perro ha sido el que ha mordido a una persona u otro animal? ¡te lo contamos!

  • Si muerde a una persona:

El primer paso que hay que dar es conseguir la identidad del dueño y que este facilite la documentación del animal y el número de microchip de la mascota. También se puede llamar a la Policía o a la Guardia Civil para que redacten un informe de lo ocurrido y comprueben las circunstancias del ataque: si ha ocurrido en la vía púbica, si el animal cumple con la normativa exigida en cada municipio, si está catalogado como raza peligrosa y debe ir con bozal, así como la identificación del dueño. 

La denuncia muy posiblemente sea archivada porque la vía competente es la civil, no la penal, salvo que se haya incitado al perro o que las lesiones sean muy graves. No obstante, con la denuncia tendríamos una prueba de los hechos para acudir posteriormente al juzgado civil. En caso de no llamar a la Policía es importante recabar testigos que corroboren los hechos por si decidimos presentar una demanda.

El segundo paso es acudir a urgencias para poder probar la agresión sufrida.

El tercer y último paso es llegar a un acuerdo con el dueño para que se haga cargo de los daños y perjuicios causados; en caso contrario no quedará más remedio que acudir a los tribunales para solicitar una indemnización. 

  • Si muerde a otro perro/animal:

En este caso son los mismos trámites que hemos visto pero acudiendo esta vez a una clínica u hospital veterinario de urgencias donde harán una evaluación física general del animal.

¿Cuándo puedo interponer acciones legales contra el dueño del perro?

Podemos presentar demanda por una mordedura de un perro en los casos en que nos haya causado una lesión física y demostremos que ha habido culpa o negligencia por parte del dueño del perro y no haya sido por culpa del perjudicado.

¿Cómo interponer estas acciones legales?

Las acciones legales se deben interponer en el juzgado de primera instancia del domicilio del demandado. Si la cuantía que reclamamos es inferior a 2.000 euros no necesitamos ni abogado ni procurador salvo que sea superior a dicha cantidad en cuyo caso debemos valernos de ambos profesionales. Podemos reclamar tanto las lesiones como los daños materiales y el lucro cesante, esto es, las gananciales dejadas de obtener como consecuencia de la lesión. 

¿Qué debo hacer si mi perro ha mordido a mordido a una persona?

Lo primero que debemos hacer es dar parte al seguro de responsabilidad civil suscrito por el dueño que sufragará los gastos y las indemnizaciones. Recordemos que la Ley de Bienestar Animal establece la obligación de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por parte de las personas físicas o jurídicas tenedoras de perros que será obligatorio en el futuro, hoy en día es muy recomendable tenerlo. En caso de no poseer ninguno es aconsejable dar parte al seguro de hogar que, dependiendo de las coberturas que hayamos contratado, se pueden hacer cargo de las indemnizaciones correspondientes. 

Referencias legales:

Artículo 1905 cc y Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. 

Marta Saiz Heriz
Marta Saiz Heriz
Abogada experta en Derecho Civil



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