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Este lunes 13 de mayo entra en vigor el decreto que establece la obligatoriedad del control de los horarios de los trabajadores por el 100% de las empresas.

El decreto trae cuenta de la resolución del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE con sede en Luxemburgo. El Abogado General se manifiesta tras una prejudicial presentada por la Audiencia Nacional tras la demanda presentada por sindicatos de banco.

El Abogado General se manifiesta a favor por ser -en su opinión- la única manera de medir de manera efectiva las horas extra. Sin embargo, el Supremo ya se manifestó señalando que obligar a todos los trabajadores a fichar suponía una “injerencia injustificada en su intimidad”. Establecía algunas excepciones: los trabajadores a tiempo parcial, trabajadores móviles, ferroviarios o de la marina mercante.

Además, no existe una sola disposición de derecho europeo que permita sugerir la conveniencia del fichaje obligatorio. La directiva 2003/88 obliga a respetar los tiempos de descanso. Pero nada dice de cómo se deben de controlar dichos tiempos.

Presumir -como hace el Abogado General- que el 57,3% de las horas extras no son computadas es dar presunción de veracidad a la información sindical. ¿Por qué la patronal no goza de la misma presunción?, ¿cómo se puede afirmar con tanta exactitud un dato que no está registrado?

Probablemente el fichaje sea un buen mecanismo para controlar las horas extras. Pero dicho control se debe realizar siempre mediante la concertación social, nunca mediante una imposición legal o administrativa.

La improvisación del decreto del gobierno está generando burocracia, sobrecostes e incertidumbre. Muchas empresas no saben cómo llevar a cabo dicho control y desde el ministerio de Trabajo tampoco hay respuestas. Por otra parte, obligar a complejos controles a las pymes no ayudará a combatir la precariedad, pero sí a reducir la productividad y distraer recursos.

Consideramos que sería más razonable suspender el decreto y sugerir modelos de control a negociar por los comité de empresa en aquellas compañías que cuenten con este mecanismo de concertación, aliviando a las pymes de una carga burocrática que sólo entorpece su relación con los trabajadores”




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