El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a 3 años de prisión a un vecino de Villava por haber extorsionado a un hombre que respondió a un anuncio de contactos de una web y al que reclamó un total de 150 euros a cambio de no hacer pública su conducta.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, el magistrado destaca que el acusado tiene dos sentencias condenatorias -una ya es firme- por el mismo delito.
En el juicio, celebrado en noviembre de 2019, el Ministerio Fiscal solicitó 3 años y 3 meses de prisión con la agravante de reincidencia. La defensa, por su parte, reclamó la absolución.
Según declara probado el juez, el encausado, con ánimo de obtener un beneficio económico, utilizó un perfil falso en Internet con el nombre de Beatriz y lo insertó en un anuncio de contactos en una página web.
La víctima localizó ese contacto el 6 de enero de 2019 y mantuvo varias conversaciones por WhatsApp con el inculpado, quien se hacía pasar por Beatriz. En esos chats el denunciante solicitó una foto a Beatriz, así como su tarifa y servicios.
En ese momento, el procesado le contestó exigiéndole una cantidad de dinero y advirtiéndole de que, si no se la entregaba, difundiría en una página de Facebook de Pamplona “de abusos a la mujer y prostitutas” las capturas que había realizado de su foto de perfil, nombre, número de teléfono y la conversación que habían mantenido.
Ante el temor de la divulgación de estos datos, la víctima dejó los 85 euros que le había solicitado el acusado en el buzón del cartero del inmueble en el que residía.
Sobre las 12 horas del día siguiente, el encausado le pidió 65 euros más como condición para borrar todo el contenido, una cantidad que también entregó “ante el temor” de que cumpliera con sus “advertencias”.
El inculpado, según consta en la sentencia, fue condenado, entre otras causas, en mayo de 2016 a dos años de prisión por un delito de extorsión.
En el juicio, la defensa rechazó tanto la autoría como la tipificación de los hechos como un delito de extorsión.
El magistrado, a tenor de los hechos probados, considera que se trató de un delito de extorsión. Así, explica, el hecho de solicitar dos cantidades de dinero, bajo la amenaza de divulgar por Internet los datos personales vinculados a su uso de servicios de prostitución para que su familia y su gente pudiera verlos, causó un temor racional y fundado al denunciante que hizo que transfiriera las cantidades económicas solicitadas de forma inmediata.
“Es obvio que la difusión de dichos datos afecta a la persona del denunciante por vincularle con unas relaciones que pueden afectarle en su esfera personal, especialmente en el ámbito familiar, laboral (como él mismo ha mantenido), y de amistades”, subraya el juez.
Respecto a la tipificación, el magistrado, al igual que el Ministerio Fiscal, estima que se trata de un delito de extorsión, puesto que en los hechos enjuiciados se dan todos los elementos exigidos por el tipo penal, incluida la intimidación, si bien es cierto, prosigue, que es un delito similar al de coacciones o amenazas condicionales por el que determinadas audiencias provinciales han condenado por ser tipos homogéneos.
Para determinar la pena, el juez tiene en cuenta la agravante de reincidencia, debido a que el acusado ya fue condenado en firme en mayo de 2016 a 2 años de prisión, por lo que, en el caso enjuiciado, ha decidido imponerle 3 años de prisión, así como 150 euros de indemnización.
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