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El Gobierno ha aprobado 11.000M€ para ayudar a autónomos y pymes a paliar los efectos económicos de la pandemia. ¿Conoces los requisitos que deben cumplir?

El Gobierno ha aprobado una inyección de ayudas para autónomospymes de 11.000 millones de euros, con el fin de ayudarles a paliar los devastadores efectos económicos causados por la pandemia. Para ello se ha creado la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas, que tiene como objetivo apoyar a la solvencia y reducir el endeudamiento del sector privado.

¿Qué tipo de ayudas van a repartirse?
¿Con qué criterio?
¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos y las empresas para poder acceder a ellas?
¿En qué plazos?


¡Lo resolvemos a continuación!

Tipo de ayudas y cuantías que van a repartirse

Ayudas para pagar deudas, proveedores, salarios o alquileres pendientes

En primer lugar, se repartirán 7.000 millones de euros para autónomos o pymes gestionados por las CCAA, de los cuales unos 2.000 millones de euros se repartirán entre Canarias y Baleares, que han sido las más afectadas por la caída del turismo. Estas ayudas directas serán para satisfacer deuda, pagar a proveedores o pagar salarios o alquileres pendientes.

Ayudas para reestructuración de deuda financiera Covid

Una segunda línea de 3.000 millones de euros para la reestructuración de la deuda financiera Covid, para permitir, como último recurso tras la articulación del resto de medidas de apoyo a la solvencia, la conversión de parte del aval público en transferencias a las empresas y autónomos más afectados por la crisis.

Ayudas para empresas viables con problemas derivados de la Covid

Los 1.000 millones de euros restantes, se trata de una línea para apoyar a aquellas empresas viables pero que se enfrentan a problemas de solvencia derivados de la Covid-19.

Criterios para el reparto a las CCAA

El criterio para repartir territorialmente dicha cuantía se fijará teniendo en cuenta indicadores de renta (caída del PIB), de desempleo y desempleo juvenil.

Por otro lado, las ayudas se repartirán de forma proporcional al peso de cada Comunidad Autónoma en cuanto la caída de los afiliados en términos netos en 2020, descontando el efecto de los ERTE.

Requisitos para recibir estas ayudas

  • Uno de los primeros requisitos que se exigen es que tengan su domicilio fiscal en territorio español.
  • Asimismo, se deberá acreditar una caída de la facturación de al menos un 30% sobre las cifras de 2019 (control ejercido por la Agencia Tributaria).
  • Se exigirá que las empresas estén en activo.
  • También que se encuentren al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Que no hayan declarado concurso de acreedores y mantengan su actividad, hasta al menos, 30 de junio de 2022.
  • Tampoco se les permitirá repartir dividendos ni aumentar salarios de directivos durante dos años.
  • Además, para optar a estas ayudas, será necesario acreditar encontrarse en una de las casi 100 actividades económicas recogidas en el Real Decreto-ley 5/2021 de 12 marzo, tales como restauración, hostelería, deporte o cultura.

Cuantía que las empresas o autónomos pueden cobrar

Con respecto a la cuantía de las ayudas, se fijan 3.000€ para los autónomos que tributen por estimación objetiva en IRPF. Para el resto de los autónomos y empresas, las ayudas oscilarán entre los 4.000€ y los 200.000€.

Fecha en que empezarán a repartirse las ayudas

El plazo para el reparto de dichas cantidades se ha fijado para el próximo mes de abril. No obstante, como la gestión de las ayudas es de carácter autonómico, cada comunidad decidirá sus plazos y las cuantías exactas a repartir.

 

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