Liquidaciones, presentación de modelos ante hacienda, cálculos...sin duda meses de estrés para emprendedores y pymes que dependen de asesores para conseguir llegar a tiempo a los plazos del calendario impositivo.
“Hay una serie de consejos que siempre pueden beneficiar en los resultados siguiendo las normas y reglamentaciones legales para ahorrar en el IRPF” explican desde Abogados Mediterrània.
¿Cuáles son los consejos que se deberían seguir?
Según explican desde las asesorías de empresa, son varios los puntos a tener en cuenta para poder desgravar y conseguir ahorrar cientos de euros.
En primer lugar, es imprescindible conocer previamente las fechas y requisitos para tener todo preparado en tiempo y forma a la hora de presentar las declaraciones.
Las finalizaciones de cada trimestre son momentos complicados para empresas y autónomos por la cantidad de obligaciones fiscales que hay, pero siempre es posible gestionar la documentación para maximizar los beneficios sabiendo cuáles son los gastos deducibles.
“Las leyes fiscales están en constante cambio. Controlar esos cambios y aplicarlos pueden suponer una verdadera diferencia y evitan no solo multas, sino el beneficio de nuevas ventajas que van incorporándose a la norma. Así se pueden actualizar en tiempo las estrategias que mejoren la productividad, resultados y declaraciones” comentan.
La innovación y mejora activa es clave en este sentido. La digitalización y los nuevos softwares consiguen equilibrar las finanzas corporativas.
Del mismo modo, la aplicación del mejor tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades, puede suponer una ventaja competitiva frente a la competencia, ya que el gravamen se rebaja al 23% si en el ejercicio anterior la facturación no superara el millón de euros, en determinados casos.
“También es importante conocer los beneficios fiscales en la inversión en vehículos eléctricos nuevos, así como las deducciones por donaciones a entidades sin fines lucrativos o la prórroga para amortizar en el Impuesto de Sociedades las inversiones efectuadas en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica.” añaden.
En cuanto a la deducción por donativos, desde el 1 de enero de 2024 se ha incrementado el porcentaje de deducción aplicable en la cuota del Impuesto de Sociedades que pasa de un 35% a un 40%. Además, se reduce de cuatro a tres años el número de ejercicios fiscales en los cuales, el donante persona jurídica, debe realizar donativos a la misma entidad por igual o mayor importe que el ejercicio anterior para acceder a una deducción de un 10% adicional (quedaría en un 50%).
Sin duda, un escenario apropiado para contar con la ayuda profesional y asesoría que cada empresa necesita.
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