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El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cádiz ha estimado la contestación a la demanda de un consumidor y ha declarado la nulidad de un contrato de préstamo personal concertado entre el consumidor y el Banco de Santander (posteriormente vendido a  Axactor Capital Invest 1 SARL) en julio de 2.013, dado el carácter usurario de los intereses remuneratorios, ya que la TAE (Tasa Anual Equivalente) era del 19,170%, superando en 9,35 puntos el establecido por las tablas del Banco de España para las operaciones de crédito al consumo a la fecha de formalización del contrato.

Por tanto, estimando el total de la oposición a la demanda, se exime al consumidor de pagar intereses y comisiones, estando obligado a devolver únicamente el capital concedido, teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos por éste, con expresa imposición de las costas causadas.

El crédito solicitado era de 24.500€, teniendo que devolver un total de 50.028,57€. La entidad crediticia reclamaba al consumidor en su demanda un total de 20.282,78€ por capital e intereses dejados de pagar. Pues bien, la Sentencia acoge íntegramente nuestra oposición y el consumidor solo tendrá que abonar a la mercantil reclamante el capital dejado de abonar, restando por tanto lo abonado anteriormente en concepto de intereses e imputando esos pagos al capital adeudado, única cantidad que tendrá que devolver” explica a este medio el letrado que ha llevado el caso, Luis Mora Minchón, socio director del Bufete Dávila & Asociados, con despachos abiertos en Cádiz y Marbella.

El Auto, firme, dictado el pasado 27 de junio, lo firma el Magistrado D. José Gálvez Jiménez y para resolver el caso, ha atendido a la Sentencia 628/2015 de 25 de noviembre de 2015 de la Sala Primera del Tribunal Supremo, concluyendo que:

“La operación de crédito litigiosa debía ser considerada como usuraria, en cuanto establecía un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado en relación con las circunstancias del caso, tomando como índice de referencia las estadísticas que publica el Banco de España”




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