La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel por un delito de cohecho al dueño de un establecimiento comercial ubicado en la capital hispalense que ofreció 100 euros a un policía local para que no lo denunciara por tener a la venta equipaciones deportivas de imitación del Sevilla Fútbol Club y del Real Betis Balompié sin contar con autorización para ello de los titulares de las marcas.
Tanto el acusado como su esposa iban a ser enjuiciados por un jurado popular, pero finalmente la vista oral no se celebrará tras la conformidad alcanzada por la Fiscalía, la acusación particular ejercida por el Sevilla Fútbol Club y la defensa de los investigados, de modo que el varón ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de cohecho y al pago de una multa de 60 euros por un delito contra la propiedad industrial.
De su lado, la mujer del investigado ha sido condenada únicamente por el delito contra la propiedad industrial al pago de la referida multa de 60 euros. Ambos acusados, a los que la Audiencia ha aplicado las atenuantes analógicas de confesión tardía de los hechos y de reparación parcial del daño, tendrán que indemnizar de forma conjunta y solidaria con 945 euros al Sevilla Fútbol Club.
En la sentencia, fechada el día 22 de septiembre, la Audiencia considera probado por conformidad de las partes que los acusados regentaban en enero de 2018 un establecimiento comercial en la capital hispalense. Así, sobre las 14,15 horas del día 14 de enero de ese año se personaron en el local agentes de la Policía Local en el ejercicio de su cargo y con uniforme reglamentario, quienes comprobaron que el establecimiento tenía en exposición para su venta una equipación deportiva del Sevilla Fútbol Club.
Los agentes apreciaron que esta prenda era de imitación y se encontraba en el interior de un envoltorio de plástico sin logo, etiqueta adhesiva, código de barras, talla o precio, “deduciendo claramente que era una copia ilícita del original”. Tras ello, los agentes localizaron un total de 32 blisters con prendas del Real Betis Balompié (12 equipaciones y 18 camisetas) y 43 blisters con prendas del Sevilla (25 equipaciones y 16 camisetas), todas las cuales eran una imitación de los originales, sin contar los investigados con autorización de los titulares de las marcas para esta reproducción, almacenaje o venta.
“Los acusados, conocedores de esta circunstancia, tenían” estas prendas “sin autorización alguna dispuestas para la venta”, indica en la sentencia la Audiencia de Sevilla, que añade que el beneficio que podrían haber obtenido con la venta de estas prendas hubiera alcanzado los 1.123,50 euros.
La Audiencia indica que, cuando los agentes iniciaron una inspección del local a fin de buscar prendas de este tipo, el acusado se dirigió a uno de ellos “ofreciéndole 100 euros para que dejase de actuar”, por lo que el agente le recriminó su actitud “indicándole que qué estaba haciendo”, volviendo entonces el investigado a reiterarle que cogiese los 100 euros y se fuese, diciéndole “toma y ya está”, buscando con este ofrecimiento “que el agente no cumpliese con su obligación de denunciar un posible delito”.
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