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  • Un jubilado residente en Málaga, representado por Unive Abogados, ha logrado un significativo avance en su reclamación por el derecho al complemento de maternidad, conforme al artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). 

La sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Málaga) ha reconocido el derecho del demandante a recibir el complemento de maternidad en su pensión, aplicando efectos retroactivos desde el 4 de septiembre de 2016, fecha en la que inició el disfrute de esta prestación. La gestión del caso por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) enfrentó obstáculos, particularmente la alegación de prescripción basada en el transcurso de más de 5 años desde el inicio de la pensión, conforme al artículo 53 LGSS. No obstante, el tribunal desestimó este argumento, declarando la imprescriptibilidad del derecho en virtud del artículo 212 LGSS.

El beneficiario recibirá aproximadamente 19.935,74€, cantidad que corresponde a la totalidad de la retroactividad calculada desde el acceso a la pensión hasta la fecha de efectos determinada en la sentencia de primera instancia. Este monto implica una revalorización vitalicia de la pensión del 7,5%, resultado de la aplicación de una reducción al 50% del 15% por exceder la pensión máxima, dado que el demandante es padre de cuatro hijos.

Pedro Antonio Cabello, director de Unive Abogados Málaga, ha destacado que esta sentencia no solo constituye un triunfo jurídico, sino también un avance crucial para quienes buscan el reconocimiento de este derecho en sus pensiones. Subrayó la importancia de la presentación de reclamaciones como medio fundamental para aquellos que aspiran a obtener legítimamente el complemento.

Es crucial señalar que las reclamaciones pueden presentarse si se cumplen los requisitos para solicitar el complemento por maternidad, incluyendo haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y ser padres de dos o más hijos. Adicionalmente, desde febrero de 2021, la normativa vigente podría contravenir la legislación europea al dificultar de manera injustificada el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de su número de hijos, lo que abre la posibilidad de presentar reclamaciones.




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