Carpeta de justicia

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El Senado aprobó hace unos días la modificación del Código Penal que sanciona con pena de prisión de 3 meses a 1 año a quien “para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad”. Las mismas penas se impondrán a quien “en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión”.

Esta medida, que reforma el art. 172 quáter del Código Penal, ya había sido aprobada en el Congreso de los Diputados y ha sido definitivamente refrendada sin ninguna modificación en el Senado el pasado 6 de abril.

La reforma, que el mismo 6 de abril tomó el camino del BOE, no tiene período alguno de carencia. Entrará en vigor con su mera publicación oficial y, por lo tanto, las nuevas infracciones y sus penas de cárcel se podrán comenzar a aplicar por los jueces y tribunales desde ya.

La reforma consta de un artículo único que crea un subtipo del delito de coacciones, la obstaculización del aborto, que será castigado con cárcel de 3 meses a 1 año o, a criterio del juez, con la pena alternativa de 31 a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Los condenados, según las circunstancias que concurran en los hechos, pueden recibir una pena adicional de alejamiento. Se les prohibirá acudir a determinados lugares (en este caso los alrededores de las clínicas abortistas) por un tiempo de 6 meses a 3 años. No obstante, estas dos no serán las únicas penas que puede recibir el autor del nuevo delito. A estos castigos se les sumarían los que “pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso”.

La reforma responde a una recomendación del Defensor del Pueblo para crear “zonas seguras” que garanticen el libre acceso de las mujeres a estos centros sanitarios, a las directrices dictadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), a las quejas reiteradas de las propias embarazadas y a los llamativos datos revelados por un informe realizado por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, las que practican el 90% de los abortos legales, elaborado a partir de las entrevistas a centenares de pacientes.

La indagación concluyó que 9 de cada 10 embarazadas que acudieron a abortar a los centros experimentaron “acoso”. Es más, 2 de cada 3 se sintieron amenazadas por la actuación de los “provida” que, según dijeron, las increparon, insultaron y coaccionaron para que cambiasen su decisión y las hostigaron con proclamas, fotografías, ecografías o fetos de juguete.

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