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  • La Sala mantiene el pronunciamiento de responsabilidad civil, por el que ambos procesados deberán indemnizar solidariamente a los accionistas querellantes en más de 5 millones de euros

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Nacional en el ‘caso Eurobank’, y ha elevado de 2 años y 3 meses, a 3 años y 6 meses de prisión, la condena a María V.M. y de 1 año y 1 mes, a 1 año y 9 meses, a Manuel V.F.N., como responsables de un delito continuado de administración desleal y apropiación indebida.

Los delitos se cometieron mediante la constitución de un grupo de sociedades para realizar operaciones con entidad bancaria con persona con facultades en ésta para causar perjuicio a la misma y apropiación de dinero de la propia entidad hasta provocar su disolución y perjuicio a sus accionistas. Entiende el Supremo que concurrieron ambas modalidades delictivas, con una única sanción más grave con delito continuado, cuando se realizan actos de abuso de funciones y defectuosa administración societaria y, al mismo tiempo, actos de apropiación de dinero.

La Sala mantiene el pronunciamiento de responsabilidad civil, por el que María V.M. y Manuel V.F.N. deberán indemnizar solidariamente a los accionistas querellantes en la cantidad de 5.177.041,12 euros, y además la primera deberá indemnizar a los accionistas querellantes en la cantidad de 4.399.300 euros más los intereses legales.




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