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  • Según Juan José Caselles, el abogado de ELZABURU que ha llevado el tema, esta sentencia previene el riesgo de una utilización torticera de la vía penal en casos de violación de secretos empresariales

La Audiencia Provincial de Valencia por Auto de 21 de junio de 2021, que ya es firme, ha ratificado el sobreseimiento decretado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Paterna en las actuaciones abiertas contra un importante grupo empresarial de diagnóstico genético. Este grupo había sido objeto de una querella presentada por una empresa competidora que la acusaba de violación de secreto empresarial.

Para Juan José Caselles , abogado de Elzaburu que ha defendido al querellado, “nuestro cliente había sido acusado de haberse beneficiado de los secretos de empresa en el desarrollo de un test de predicción de la receptividad endometrial. La empresa que presentó la demanda alegaba que el secreto empresarial consistía en el know-how asociado a un algoritmo y a una patente comprada a otra compañía, y que este habría sido transmitido de forma ilícita a nuestro cliente para realizar un test idéntico o muy similar.”

El test de receptividad endometrial es un examen diagnóstico molecular que se utiliza para determinar el estado de receptividad del endometrio en los tratamientos de fecundación in vitro, y que permite determinar el día más adecuado para realizar la transferencia embrionaria.

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Paterna (Valencia) incoó el procedimiento penal en 2018 y practicó múltiples diligencias de investigación, entre ellas, la declaración de todos los implicados; los peritos de ambas partes con careos, testificales de dos biólogos, un matemático y una becaria universitaria, así como un informe pericial dirimente realizado por el Instituto de Salud Carlos III de Madrid. Tras la práctica de todas estas diligencias, dicho Juzgado acordó el sobreseimiento y archivo del caso por Auto de 6 de abril de 2021.

Juan José Caselles añade que la decisión judicial es concluyente: “El Juzgado declara que no se ha practicado ni una sola diligencia que acredite ni aún de forma indiciaria una sustracción o traslado de información secreta. Además, el Tribunal reconoce que la patente concedida a la querellada sobre el kit y método para determinar el estatus de receptividad del endometrio supone el uso de una técnica novedosa y ambos sistemas utilizan claras diferencias en cuanto a los criterios de selección de los genes, por lo que no se aprecia el plagio denunciado 

El caso, según Juan José Caselles,  presenta un interés general “por el riesgo de una utilización torticera de la vía penal en casos de violación de secretos empresariales”. En este sentido el Juzgado resalta que “este procedimiento no puede convertirse en una persecución penal de cualquier equipo científico que desarrolle nuevas herramientas relacionadas con la receptividad endometrial, a pesar de ser un campo de estudio recurrente desde hace más de 15 años”.




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