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València, 5 mar (EFE).- La Audiencia de Valencia ha condenado a quince años y medio de prisión a un hombre que maltrató y violó en repetidas ocasiones durante meses a su hija menor de 16 años, a la que llegó a dejar embarazada y a la que deberá indemnizar con 12.000 euros por los daños morales y psicológicos que sufrió.

La Sección Quinta de la Audiencia le considera autor de un delito continuado de agresión sexual empleando violencia e intimidación, por el que ha sido condenado a una pena de cárcel de trece años y nueve meses y la privación de la patria potestad respecto de la víctima, y otro de maltrato, por el que el tribunal le ha impuesto un año y nueve meses de prisión.

El hombre no podrá acercarse a la víctima, su domicilio, su lugar de estudio o de trabajo durante 30 años ni comunicarse con ella por ningún medio en el mismo periodo, según señala la sentencia, que no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que ha hecho público el fallo.

La niña se trasladó a vivir con su padre cuando tenía 12 años, después de vivir en Colombia con su madre y su abuela, y en España comenzó a vivir en el domicilio familiar, junto a la actual mujer de su padre y otra hija menor de ambos.

Según se relata en los hechos probados de la sentencia, a los tres meses de convivencia, aproximadamente en enero de 2020, el penado comenzó a pegar con frecuencia a la víctima, con patadas y puñetazos y golpeándole con un cinturón en las piernas y en los brazos.

Además, con la intención de satisfacer su deseo sexual, empezó a realizarle tocamientos en la zona genital, por encima de la ropa. Posteriormente, pasó de los tocamientos a obligarla a mantener relaciones sexuales, con una frecuencia casi diaria.

La sentencia detalla que la víctima se sometió a la voluntad de su padre por el temor que el mismo le inspiraba, debido a la violencia física que ejercía sobre ella continuamente.

La niña denunció los hechos ante la Guardia Civil el 22 de septiembre de 2021 acompañada de la madre de una amiga, y el mismo día fue examinada por un médico que apreció, además de varias lesiones, que estaba embarazada.

Según indica el fallo, a la menor se le practicó una interrupción del embarazo y del análisis de los restos de ADN obtenidos del embrión se determinó la relación paternofilial del procesado con el embrión extraído.

Al inicio del juicio oral, el procesado reconoció los hechos que se han declarado probados y tanto la acusación particular, representada por la Generalitat, como la defensa se adhirieron al escrito de acusación del Ministerio Fiscal. 




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