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En un primer análisis, y sin que mostremos nuestra total conformidad con el texto, lo cierto es que la esperada Circular de la Fiscalía ha venido a confirmar las expectativas que se habían generado a través de las diversas manifestaciones que venían haciendo miembros del Ministerio Fiscal, especialmente a partir del Congreso Nacional de Compliance patrocinado por ASCOM, donde la propia Fiscal General del Estado no tuvo reparos en hablar de cultura de cumplimiento, término éste que hallamos literalmente en la Circular, cuando afirma: “En puridad, los modelos de organización y gestión o corporate compliance programs no tienen por objeto evitar la sanción penal de la empresa sino promover una verdadera cultura ética empresarial” (f. 39) creo que es un evidente paso adelante y una confirmación que no se trata de prevenir delitos, sino  de cumplir la Ley y los compromisos autoimpuestos, verdadero sentido del Compliance en todo el mundo.

Desde un documento que es un marco de referencia para todos, se nos indica que debemos olvidarnos de supuestos planes de prevención de delitos y fomentar en las empresas culturas del compromiso que vayan más allá del simple miedo a la sanción:”la clave para valorar su verdadera  eficacia radica en la importancia que tiene en la toma de decisiones de sus dirigentes y empleados y en qué medida es una verdadera expresión de su cultura de cumplimiento” (f. 52).

Sólo desde esta actitud, y aplicando estándares internacionalmente aceptados que aspiran a la cultura del cumplimiento podremos “acreditar que, aun fallido en el caso concreto, el modelo  ha funcionado eficazmente en anteriores ocasiones. La firmeza en la respuesta ante vulneraciones precedentes transmite igualmente a los empleados un mensaje claro de intolerancia ante conductas o éticas”. (f. 54).

 




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