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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado la nulidad del Reglamento de Participación Ciudadana impulsado por el gobierno de Ada Colau. El fallo tiene lugar dos años después de su aprobación cuando LegaleGo Servicios Jurídicos, contando con el asesoramiento de Don Estanislao Arana, catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Granada, interpuso ante la flagrante ilegalidad del Reglamento un recurso contencioso administrativo contra su aprobación en representación de la Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución.

Ayer el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaminó que el Reglamento de Participación Ciudadana de Barcelona es nulo de pleno derecho por ser contrario a Ley, al haber omitido en su aprobación trámites esenciales del procedimiento, además de no haber recabado la necesaria autorización del Gobierno de la Nación, al quedar las consultas que regulaba el Reglamento de Participación Ciudadana sometidas a la normativa estatal, tal y como establece la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

La elaboración y aprobación de estas normas requiere someter el texto a información pública. Si bien el Reglamento fue sometido inicialmente a información pública, posteriormente no lo fue tras la introducción de modificaciones sustanciales. Se trata de modificaciones sustanciales que afectan a elementos esenciales del Reglamento y ello requiere el sometimiento al proceso de información pública de nuevo, tal y como declara la Sentencia, considerando el principal argumento expuesto por el letrado Don Sergio Oya de LegaleGo Servicios Jurídicos y estimando así su principal pretensión: la nulidad del Reglamento que abría la puerta a unas consultas, en definitiva, ilegales.

Así y ante la incongruencia de omitir un esencial trámite del procedimiento como es el de la información pública (máxime cuando se trata de un Reglamento precisamente de “participación ciudadana”) la Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución solicitó al despacho granadino LegaleGo Servicios Jurídicos la defensa en este asunto como despacho especializado en derecho administrativo, quien ha visto estimadas todas sus pretensiones al declarar la Sentencia la nulidad del Reglamento.

Esta Sentencia supone un gran orgullo para un despacho de abogados con sede en Granada, pues en palabras de su director Sergio Oya: “no sólo hemos conseguido que se anulara parte o artículos del Reglamento, sino que hemos conseguido la nulidad total de una disposición de carácter general de tan importante calado”.




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