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·         Debe proporcionar simuladores de ahorro de intereses en caso de elevar la cuota

·         Debe advertir de que con cuotas bajas que no cubran los intereses, la deuda no sólo se cronifica sino que aumenta

·         El despacho especializado en derecho bancario propone información mensual en lugar e trimestral

Navas & Cusí se felicita por la voluntad del gobierno de pretender transparencia en la colocación de las tarjetas ‘revolving’. Sin embargo, considera que la propuesta del gobierno “se queda corta” en su propuesta de orden ministerial sometida a consulta. Por ello, el socio-director del despacho, Juan Ignacio Navas, recomienda a Economía “seguir los criterios de transparencia expuestos por el Banco de España en su última Memoria de Reclamaciones”.

La autoridad supervisora del sistema financiero establece algunos criterios para garantizar la transparencia en la colocación de las llamadas ‘revolving’. La entidad debe de informar cuándo se amortizará en caso de no hacer uso de la tarjeta, qué cuota sería necesaria para amortizar el préstamo en 12 meses y establecer simuladores de ahorro de intereses en caso de elevar la cuota. “Para el objetivo descrito por el gobierno de evitar la prolongación excesiva del préstamo y el incremento de la carga fiscal esto es esencial”, señala Navas.

Economía propone que de manera precontractual se ofrezcan ejemplos representativos con dos opciones de cuota. Navas considera que sería mejor que se facilitara el mismo simulador disponible en la web del Banco de España donde el usuario puede hacer todo tipo de simulaciones. “Probamos con un préstamo de 2000€ y nos ponemos una cuota de 20€ al mes. El simulador del Banco de España nos advierte -y el banco debería de advertir también- que con cuotas bajas la deuda se convierte en indefinida e incluso irá aumentando con el tiempo”, señala el socio-director de navascuci.com.

El experto relata que subiendo la cuota a 30 o 40 euros mensuales el resultado es el mismo. Pero si sube a 50, logrará devolver la deuda en el 2026 habiendo pagado 2.344€ de intereses, “es decir termina devolviendo más del doble de lo prestado; quizás si alguien hace esta sencilla simulación no pida la controvertida tarjeta”, concluye Navas.

Además, Economía propone que el banco proporcione información trimestral sobre la evolución y situación del importe y fecha estimada de finalización así como diversos escenarios en función de la variación de la cuota. “De nuevo, si el usuario dispusiera de forma ágil y sencilla el mismo simulador del Banco de España podría hacer múltiples simulaciones en función de la cuota y del tipo de interés, haciendo mucho más transparente la colocación”, señala Navas, que aboga por acortar el período de información a mensual en lugar de trimestral. “La mayoría de la gente tienen sus ingresos y gastos en meses; lo lógico es que la información sea mensual”.

Navas valora positivamente que en el borrador de orden ministerial se ofrezca la posibilidad al usuario de solicitar en cualquier momento información sobre su préstamo: cuadro de amortización, cantidades a satisfacer y capital pendiente de amortización. “Habría que añadir intereses satisfechos y por satisfacer; si la gente supiera que terminará pagando el doble o el triple probablemente no pediría el préstamo”, apunta Navas.

Y este es otro de los puntos que el despacho especializado en derecho bancario sugiere: que se informe claramente del TAE. Según el Banco de España la media TAE de las tarjetas ‘revolving’ se sitúa en el 20,5% frente a una media del 9% en los créditos al consumo. Para el experto, esta diferencia es abusiva y usuraria y recuerda lo que señala el art. 1 de la Ley Antiusura: “es nulo el interés notablemente superior a lo normal y manifiestamente desproporcionado”. Navas recuerda que la sentencia del Supremo del 25 de noviembre de 2015 interpreta que “normal” es lo “habitual en concurrencia con las circunstancias del caso y la libertad existente en la materia”.

Para Navas la diferencia de tipos de claramente “desproporcionada” y por lo tanto “usuaria” y recuerda que -según resolución de Luxemburgo de 21 de abril de 2016- el juez puede examinar de oficio el interés remuneratorio y declararlo nulo por abusivo. “El mismo Banco de España llegó a recomendar reclamar; la situación de abuso y de falta de transparencia es muy grave y en nuestra opinión, la propuesta de Economía se queda corta”, concluye el socio-director de navascusi.com




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