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  • Los 43 abogados de guardia que han trabajado en los diversos servicios durante las fiestas de San Fermín han realizado este año un total de 317 asistencias, un número similar al del pasado 2015. Según ha informado Mª Josefa Urteaga Unamuno, presidenta de la Comisión del Turno de Oficio MICAP, la prestación de los servicios de guardia se ha desarrollado dentro de la normalidad, brindando a los ciudadanos una adecuada asistencia jurídica, sin que se hayan detectado retrasos o esperas innecesarias. Como viene siendo habitual en los últimos años, el MICAP tomó la decisión de duplicar el número de colegiados que prestan servicio a los ciudadanos entre los días 4 y 15 de julio, para responder con mayor agilidad a las solicitudes de asistencia en estos días. 

El MICAP ha constatado que en 2016 se ha producido un aumento en el número de asistencias letradas a detenidos e imputados adultos y descendiendo las de menores; ha disminuido el número de juicios rápidos tramitados; y se han incrementado las asistencias a ciudadanos extranjeros y a mujeres denunciantes en materia de violencia doméstica y de género. En el computo cómputo global, ha existido 1 asistencia más que en 2015.

De las 317 intervenciones realizadas, 196 han correspondido a asistencias a detenidos e imputados; 57 a la participación en Juicios Rápidos; 4 a asistencias a menores detenidos o imputados; 38 a ciudadanos extranjeros en relación a expedientes de expulsión o internamiento en CIE; y 22 a asistencias a mujeres y un menor por diversos motivos, relacionados con la violencia doméstica y de género.

Este año las detenciones han estado motivadas, principalmente, por presuntos delitos contra la propiedad (robos y estafa, desobediencia y resistencia a los agentes de la autoridad, por tráfico de sustancias estupefacientes, contra la libertad sexual, maltrato y lesiones. Como resultado de estas detenciones, se ha decretado el ingreso en prisión preventiva de un total de doce de las personas imputadas. 

Asimismo, se ha reducido en más de la el número de asistencias especializadas a menores, que en 2015 fueron un total de 10, frente a las 4 de este año. Sin embargo, se ha producido, un incremento respecto a 2015 en el número de asistencias a ciudadanos extranjeros por expedientes de expulsión y autorizaciones de internamiento en CIE, lo que confirma la tendencia de aumento progresivo detectada en el año 2015. 

Servicio de Asistencia a la Mujer

El Servicio de Asistencia a la Mujer (SAM) ha atendido a 21 mujeres y un menor, principalmente por delitos de maltrato ( no habitual y habitual ), coacciones y delitos contra la libertad sexual, incrementándose ligeramente, por tanto, el número de asistencias letradas.

En relación con esta materia, llama la atención que, este año se han asistido más víctimas de delitos contra la libertad sexual que en años anteriores, lo que entendemos se debe a la gran difusión de los medios de comunicación y a la campaña realizada durante todo el año por el Grupo de Sanfermines en igualdad en el que colaboramos formando parte del mismo. 

Cabe destacar, también, que de las 22 víctimas asistidas, muchas de ellas han sido asistidas directamente en el Juzgado, sin que la víctima haya tenido asistencia letrada en dependencias policiales. También se tiene constancia de que en algunas denuncias por hechos similares, no se ha requerido presencia de los letrados especializados de MICAP. Se desconoce si ello es debido a la intervención de profesionales de ámbito privado elegidos por los denunciantes; porque se ha prestado asesoramiento por parte de otros colectivos interesados en la materia; por deseo expreso de la víctima o porque, desde las dependencias policiales intervinientes, no se ha ofrecido la posibilidad de disponer de asistencia letrada a las denunciantes de este tipo de agresiones, lo que incumpliría lo previsto en la Ley Foral 14/2015 de 10 de abril para actuar contra la violencia hacia las mujeres, en cuyo art. 3.2 se incluyen como tipo de violencia contra las mujeres las diferentes manifestaciones de la violencia sexual. 

También, cabe señalar que se han tramitado en los Juzgados de Guardia, como juicio rápido por delito leve, algunas de las denuncias por abuso sexual, sin que se haya requerido la asistencia de los letrados/as especializados/as. 

Cabe también señalar que el art. 63 de dicha Ley garantiza que toda mujer víctima de una manifestación de violencia disponga de asistencia letrada, tanto antes de la interposición de la denuncia, como durante todo el procedimiento o procedimientos judiciales y administrativos, así como la especialización de los profesionales encargados de dicha asistencia. De no haberse ofrecido esa posibilidad a las mujeres denunciantes se habría incumplido también el Acuerdo Interinstitucional para la Atención Integral a Mujeres Víctimas de Maltrato Doméstico y/o Agresiones Sexuales (Protocolo de Actuación) que contempla el ofrecimiento inmediato del asesoramiento del Servicio de Atención Jurídica a la Mujer y de las acciones legales pertinentes.

Por último señalar, que si bien han sido 22 las víctimas asistidas, el número de intervenciones de los letrados/as especializados es muy superior. Las víctimas reciben asistencia en dependencias policiales y judiciales y los letrados prestan asistencia tanto en las declaraciones de las víctimas como en las de los detenidos o imputados, en las solicitudes de medidas de protección y medidas civiles, solicitudes de medidas de prisión preventiva, etc.. lo que implica un gran número de asistencias.




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