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  • La Audiencia Provincial de Madrid también le condena como responsable de un delito de prevaricación a nueve años de inhabilitación especial para cargo o empleo público

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de prisión a Adolfo Álvarez Sojo, exalcalde-presidente del Ayuntamiento de Humanes en la legislatura 2007-2011, tras considerarle culpable de un delito de malversación de caudales públicos. Los magistrados también le condenan como responsable de un delito de prevaricación a nueve años de inhabilitación especial para cargo o empleo público.

La sentencia establece que Álvarez Sojo, junto con los otros dos condenados, Ana Fenoy Valenzuela, teniente de alcalde en la misma legislatura, y Félix F. L. administrador único de la sociedad Autoescuela Humanes S.L. acordaron un plan según el cual el acalde de la localidad adjudicó de manera irregular un contrato para impartir un curso de seguridad en los colegios públicos de la localidad a la Autoescuela Humanes, cuyo importe ascendía a 7.940 euros.

El responsable de la autoescuela jamás impartió dicho curso, ni pensaba impartirlo, ya que fue la Policía Local de la localidad la que finalmente lo realizó durante el aquel curso escolar. No obstante, y a sabiendas de la falsedad que cometía, Félix facturó el curso al ayuntamiento. Se da la circunstancia de que el importe del curso (7.940 euros) era justamente el montante que el acusado adeudaba al Ayuntamiento en concepto de las tasas municipales no abonadas en su día para poner en marcha su negocio de autoescuela.

Ana Fenoy tenía la competencia del seguimiento del contrato y conocedora de que el curso de seguridad vial no se había impartido y que en su lugar lo había hecho la Policía Local, dio el visto bueno a la factura, dando por válida la impartición del mismo y, en definitiva, el pago.

Al año siguiente, en 2011, y en vista del éxito obtenido en el ejercicio anterior, Adolfo y Félix volvieron a poner en marcha el mismo operativo. De esta manera, en contra de los intereses generales y con pleno conocimiento por parte de los condenados de su actividad fraudulenta, se volvió a adjudicar un curso de seguridad vial, en esta ocasión por importe de 5.510,88 euros, justamente la misma cantidad que adeudaba el administrador de la autoescuela al Ayuntamiento en concepto de tasas municipales. Este curso no llegó a impartirse al coincidir con el fin de la legislatura y la llegada de un nuevo gobierno municipal.

Los magistrados condenan a Ana Fenoy Valenzuela a dos años de prisión al considerarla cooperadora necesaria de un delito de malversación, y la inhabilitan para empleo o cargo público por espacio de seis años. A Félix F. L. le imponen un año y tres meses de prisión por los delitos de malversación de caudales públicos y falsedad documental, y por prevaricación cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Los magistrados absuelven a los acusados del resto de los delitos por los que se les perseguía, delito continuado de prevaricación y malversación de caudales en grado de tentativa, y absuelven también a la acusada del delito de falsificación en documentos oficiales.

Esta sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.

 




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