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Madrid, 18 jul (EFE).- Todos los datos necesarios para expedir licencias y permisos de armas deberán constar también en el Registro Nacional de Armas, que recogerá toda la información y datos relacionados de las armas para garantizar su identificación y trazabilidad.

Así lo ha aprobado este martes el Consejo de Ministros mediante una modificación del Reglamento de Armas para incluir en su texto la regulación del Registro de Armas y precisar que en este deben figurar todos los datos necesarios para expedir las licencias, autorizaciones, permisos, tarjetas y guías de pertenencia de las armas.

El Registro recogerá toda la información y datos conexos de las armas, de sus componentes esenciales, de las armas asimiladas a armas de fuego, de las de alarma y señales, de las de aire u otro gas comprimido, de las armas inutilizadas y las defensas eléctricas, de modo que se garantice su identificación y trazabilidad.

Además, a partir de ahora el Reglamento de Armas concretará que las autoridades competentes para el acceso a los registros de armas de fuego y de componentes esenciales, así como a los datos personales conexos, son todas aquellas competentes para la prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o la ejecución de infracciones penales.

Según subraya el Gobierno, el real decreto de reforma del Reglamento de Armas aprobado este martes cuenta con los informes favorables del Consejo de Estado, la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos y la Agencia Española de Protección de Datos.




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