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  • La sentencia les considera autores de un delito contra la libertad religiosa y les condena a un año de prisión a cada uno

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a cinco jóvenes por interrumpir con una protesta, en febrero de 2014, una celebración religiosa en la iglesia de Sant Miquel de Palma. Les considera autores responsables de un delito contra la libertad religiosa, imponiéndoles una pena de un año de prisión a cada uno de ellos, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

La sentencia, notificada hoy, no es firme, ya que contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Una de las acusadas es absuelta de los hechos objeto del procedimiento.

La sentencia considera probado que en febrero de 2014 un grupo de treinta personas, entre los que estaban los acusados, penetraron en la iglesia de Sant Miquel de Palma a sabiendas de que se estaba celebrando la misa de domingo. Avanzaron el tropel por el pasillo, gritando y desplegando una pancarta. Este acto produjo temor, nerviosismo y afectación al personal de la iglesia y a los feligreses, sin que se produjera por parte de persona alguna agresión, acometimiento o maltrato físico, según los hechos probados de la resolución judicial.

La sentencia afirma que los acusados sabían que estaban vulnerando la libertad de celebrar misa con normalidad de un grupo de personas creyentes, y que con ello se vulneraba su derecho a la libertad religiosa. No solo lo sabían, sino que querían hacerlo. El derecho de los acusados a expresarse libremente no puede coartar, argumenta la Sala, el ejercicio de la libertad de reunión y expresión colectiva de otros y no puede vulnerar la libertad religiosa.

 




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