El Consejo de Ministros del martes 24 de noviembre ha aprobado dos proyectos normativos impulsados por el Ministerio de Justicia: el Anteproyecto de LO de Enjuiciamiento Criminal y el Anteproyecto de LO de la Fiscalía Europea.
El ministro de Justicia ha explicado en rueda de prensa que la reforma integral del proceso penal no es ya una necesidad, sino una obligación. “Reformar la LECrim es un ejercicio de coherencia constitucional y de cumplimiento del mandato de la Unión Europea”. Además, agregó, “supone una obligación política, en un momento de transformación del país como el que estamos viviendo. No sería legítimo no hacerlo”.
Campo ha recordado que la aprobación de la nueva LECrim obligará a reformar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y que, de hecho, así lo prevé la Disposición Adicional Segunda del Anteproyecto aprobado este martes, que da un plazo de un año para dicha modificación.
La reforma del Estatuto Fiscal, con el objetivo de dar más autonomía a los fiscales que según la reforma serán los que instruyan las causas penales, es un aspecto reclamado desde la propias carreras judicial y fiscal y también desde la oposición. Se busca superar la idea de un Ministerio Público demasiado jerarquizado y con una dirección vinculada al Gobierno, que es el que nombra al fiscal general.
Según ha manifestado Campo al ser preguntado por este asunto, la Ley “va a cambiar el paradigma del fiscal”, y por ello es necesario dotar a esta institución para que actúe “con absoluto apego a las legalidad en sus actuaciones”.
Por esta razón ha anunciado que la reforma que se lleve a cabo del Estatuto Fiscal requerirá “muchos retoques” para actuar en “muchos mecanismos” que afectan a esta institución.
El anteproyecto de LECrim supone la transformación integral del proceso penal y se basa en dos principios: la coherencia institucional y la armonización con el derecho de la UE. Respecto al ámbito interno, el ministro ha puesto en valor que el nuevo modelo de proceso penal potencia la figura del juez y del fiscal constitucionales: “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y promover la acción de la justicia respectivamente”.
Campo ha señalado que, en cuanto al ámbito europeo, la reforma del proceso penal, impulsada por ambas normas, cumple dos objetivos. El primero es armonizar nuestro sistema con el de los países de nuestro entorno, donde la investigación está al cargo del fiscal. El segundo, es incorporar a nuestro ordenamiento la nueva figura del Fiscal Europeo. A este respecto, el ministro indicó que “atribuir la investigación al fiscal, no es ya una opción, sino una obligación establecida de forma clara y directa por la UE”.
La aprobación del Reglamento de la Fiscalía Europea en 2017, constituye el impulso definitivo a la reforma estructural del proceso penal español puesto que viene a introducir, por mandato directo de la Unión Europea, la figura del Fiscal Investigador en nuestro sistema jurídico. Es importante señalar que a la Fiscalía Europea, como órgano con personalidad jurídica propia, se le atribuyen, según señala el considerando 11 del Reglamento de la Fiscalía Europea, las funciones de “investigar, procesar y llevar a juicio a los autores de los delitos contra los intereses financieros de la Unión”.
Durante su intervención el ministro ha destacado la estrecha relación que existe entre la nueva LECrim y la Ley de Fiscalía Europea, ya que “comparten un mismo espíritu, el de la investigación penal moderna y europea a cargo del ministerio fiscal”.
Asimismo, el responsable de Justicia ha explicado que, además de la modernización y actualización del modelo de enjuiciamiento penal, la nueva LECrim incorpora nuevas herramientas para la lucha contra la criminalidad y refuerza las garantías de los intervinientes en el proceso penal.
En cuanto a la actualización del modelo de enjuiciamiento penal, el ministro Campo ha subrayado que no se puede aplazar por más tiempo, ya que la ley actual se encuentra totalmente superada: tiene 138 años y ha sufrido ya 77 reformas (54 posteriores a la promulgación de la Constitución).
Así pues, ha indicado que a través del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal se diseña un nuevo modelo de proceso penal Constitucional, más acorde y totalmente coherente con la arquitectura del Estado de Derecho que establece nuestra Carta Magna.
Concretamente, se ha referido a los nuevos roles que introduce la reforma: la figura del fiscal investigador, la del juez de garantías y la del juez de la Audiencia Preliminar. Con la inclusión de estas figuras se consigue distinguir nítidamente en el marco del proceso las funciones de: a) investigar, b) tutelar los derechos de los investigados, c) decidir sobre la conveniencia de abrir juicio oral y sobre que pruebas son válidas.
En cuanto a la incorporación de nuevas herramientas para la lucha contra la criminalidad, el ministro ha dicho que “podemos sentirnos muy orgullosos porque la reforma nos pone a la cabeza de los avances científicos en el proceso penal”. Ha destacado que la norma supone un salto cualitativo en la actualización de nuestro ordenamiento jurídico penal, puesto que da regulación a las más avanzadas técnicas de investigación contra el crimen, como son la prueba científica, el tratamiento automatizado de datos y las búsquedas inteligentes, las investigaciones encubiertas en entornos digitales o la denuncia telemática, así como la mejora de la regulación del ADN.
Finalmente, en cuanto a la ampliación de garantías en el proceso penal, Campo ha valorado la enorme importancia de que el Anteproyecto refuerce las garantías y, especialmente, el papel central de la víctima en el proceso. A ésta el texto normativo le reconoce un estatuto propio, contemplando un amplio catálogo de medidas para evitar la revictimización e incorporando la justicia restaurativa a la norma procesal. En la misma línea, la nueva ley contempla nuevos mecanismos de protección para menores y personas con discapacidad.
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