Esta decisión se enmarca en el acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de los jueces en febrero de 2020, a propuesta de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona, con el fin de dar cumplimiento al Pacto de Estado firmado por todas las fuerzas parlamentarias en 2017 y al mandato contenido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Comisión Permanente ha acordado atribuir el conocimiento de los asuntos relativos a violencia sobre la mujer a los siguientes órganos judiciales:
- Juzgado de lo Penal núm. 1 de Badajoz, con carácter exclusivo, pero no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
- Juzgado de lo Penal núm. 1 de Logroño, con carácter exclusivo, pero no excluyente.
- Juzgado de lo Penal núm. 2 de Lugo, con carácter exclusivo, pero no excluyente.
- Juzgado de lo Penal núm. 2 de Salamanca, con carácter exclusivo, pero no excluyente.
- Juzgado de lo Penal núm. 6 de Móstoles, con carácter exclusivo y excluyente, el enjuiciamiento y ejecución de asuntos relativos a violencia sobre la mujer.
- Juzgado de lo Penal núm. 3 de Donostia-San Sebastián, con carácter exclusivo y excluyente.
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