El número de asuntos ingresados en los órganos judiciales españoles en el segundo trimestre del año fue de 1.589.291, lo que supone una disminución del 29,9 por ciento respecto al mismo periodo de 2015, según los datos del informe “Situación de los órganos judiciales en el segundo trimestre de 2016” hecho público hoy por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial.
El descenso más acusado se dio en la jurisdicción penal, con un 41,7 % menos de nuevos asuntos que en el segundo trimestre del año pasado, como consecuencia de la entrada en vigor el pasado 6 de diciembre de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por la que los atestados policiales en los que no existe autor conocido del delito denunciado ya no se remiten a los Juzgados de Instrucción.
La reforma legal tiene también reflejo en el número de asuntos resueltos por los tribunales entre el 1 de abril y el 30 de junio pasados, que fue de 1.712.685. La cifra supone un 26,4 % menos que en mismo trimestre de 2015, cuando la LECrim aún no había sido modificada y se contabilizaban los asuntos que han dejado de ingresar los Juzgados de Instrucción, que se resolvían de forma inmediata con un auto de archivo por falta de autor conocido.
Por último, el número de asuntos que quedaron en trámite al final del segundo trimestre del año fue de 2.189.592, un 11,5 % menos en al final del mismo periodo del año anterior.
Datos por jurisdicciones
En la jurisdicción civil, el número de asuntos ingresados en los meses de abril, mayo y junio de este año alcanzó los 534.023, lo que representa una disminución interanual del 6,5 %. La cifra de asuntos resueltos fue de 573.006 y la de asuntos en trámite al final del periodo de 1.012.106.
En la jurisdicción penal, el número de nuevos asuntos fue de 898.325, un 41,7 por ciento menos que en el segundo trimestre de 2015. En esta jurisdicción se resolvieron 953.140 asuntos y quedaron en trámite al final del periodo otros 714.186.
Como se ha indicado, la importante reducción en el número de asuntos ingresados obedece a la entrada en vigor de la Ley 41/2015 de modificación de la LECrim, que en el segundo trimestre de 2016 ha tenido como consecuencia que la cifra de nuevos asuntos en los Juzgados de Instrucción –que antes recibían los atestados policiales sin autor conocido del delito denunciado- haya bajado casi a la mitad, con una caída del 49,5 %. El incremento de asuntos observado en los Juzgados de lo Penal, en los de Violencia sobre la Mujer y en las Audiencias Provinciales ha moderado esa disminución hasta el 41,7 % en el total de la jurisdicción.
En la jurisdicción contencioso-administrativa se registraron en el segundo trimestre del año 51.518 nuevos asuntos, lo que supone un descenso del 3,4 por ciento respecto al mismo periodo de 2015. El número de asuntos resueltos fue de 66.359 y el de asuntos en trámite al final del trimestre de 185.717.
La única jurisdicción que experimentó un incremento en el número de asuntos ingresados en el segundo trimestre del año fue la social, donde los 105.353 asuntos ingresados representan un aumento del 2 % respecto al mismo periodo del año anterior. En esta jurisdicción se resolvieron 120.091 asuntos y quedaron en trámite otros 276.903.
Canarias, Andalucía y Madrid, a la cabeza en litigiosidad
La tasa de litigiosidad en el conjunto de España en el segundo trimestre del año fue de 34,2 asuntos por cada 1.000 habitantes.
Las Comunidades Autónomas que mostraron una tasa de litigiosidad superior a la nacional son Canarias (40,8 asuntos por cada mil habitantes), Andalucía (39,8), Madrid (35,9), Murcia (35,8), Illes Balears (35,5), Comunidad Valenciana (35,3) y Cantabria (34,8).
En el otro extremo, las Comunidades con una tasa de litigiosidad más baja fueron el País Vasco y La Rioja (ambas con 24,6 asuntos por cada mil habitantes), y Navarra (26,6).
Cálculos realizados sobre las cifras de población del INE, provisionales a 1 de enero de 2016.
Proyección al conjunto de 2016
Como en años anteriores, y basándose en las series históricas trimestrales disponibles, se ha realizado una previsión para el conjunto del año 2016. En este caso, la proyección debe ser tomada con mayor cautela debido a que las reformas del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, y la ya citada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulada en la Ley 41/2015, con entrada en vigor el 6 de diciembre de 2015, han producido una notable disminución en la entrada de asuntos en la jurisdicción penal, con los consiguientes efectos en la resolución y la pendencia.
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