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  • Según el estudio Implicaciones económicas del funcionamiento de la Justicia en España, elaborado por el Consejo General de Economistas
  • Los niveles de eficiencia del sistema judicial español resultan equiparables A LA MEDIA DE países de la UE

El Consejo General de Economistas ha presentado hoy el estudio titulado Implicaciones económicas del funcionamiento de la Justicia en España, elaborado por dicho Consejo General con la colaboración del REFOR –órgano especializado en economía forense– de dicho Consejo.

A la hora de analizar el buen o mal funcionamiento de la Justicia, y sus implicaciones en la economía, hay una serie de cuestiones e indicadores que han de tenerse en cuenta. En este estudio se expone información estadística de diferentes organismos nacionales e internacionales sobre los indicadores más importantes para medir la eficiencia del funcionamiento de la Justicia, y se hace una comparativa del grado de rendimiento judicial entre España y el resto de países de la Unión Europea, aunque por problemas metodológicos no todas las estadísticas son directamente comparables.

Entre las conclusiones de este estudio se encuentran las siguientes:

  • La estructura jurídica resulta fundamental para estimular el emprendimiento y la creación de empresas, así como para competir en una economía globalizada. Un país que ofrece seguridad jurídica tiene mayores oportunidades de atraer el capital y los recursos productivos que se requieren para crear riqueza y empleo.
  • La Administración de Justicia tiene una gran importancia como factor inspirador de confianza económica y, en consecuencia, en la localización de inversiones.
  • Si comparamos a España con el resto de Europa en cada uno de los principales indicadores que se emplean para medir la eficiencia del funcionamiento de la Justicia, se observa que España se encuentra en una posición media (sobre todo en cuanto a la duración de los procedimientos civiles y mercantiles –España tarda 264 días en resolver un litigio civil y mercantil, Francia 311 días e Italia 590 días, siendo el promedio de la UE de 246 días–).
  • Sin embargo, se debería estudiar la posible convergencia con Europa en los siguientes aspectos: tasa de litigiosidad, gasto público per cápita asignado a los tribunales, recursos financieros y marco normativo.
    • Si bien se ha producido una mejora en los últimos años, la tasa de litigiosidad en España sigue siendo elevada en comparación con el resto de Europa. En concreto, en cuanto al número de litigios admitidos en los juzgados de primera instancia civiles y mercantiles en 2014, en el caso de España sería en torno a 38 asuntos por cada mil habitantes, más del doble de la media de la UE-15. Pese a la elevada litigiosidad, el tiempo de respuesta judicial continuó reduciéndose en España en un 7,5% (en primera instancia) en 2015 con respecto a 2014, pasando de 3,7 a 3,4 meses, y en un 8,7% (en segunda instancia), pasando de 4,6 a 4,2 meses.
    • El gasto público de España invertido en los tribunales es 27 euros por persona. La media de la UE-15 es de 50,4.
    • La participación de las tasas judiciales en la financiación del presupuesto de los tribunales (un 13,8%) es muy inferior al resto de los países de nuestro entorno (la media de la UE es de un 26,4% y el promedio de la UE-15 de un 29,2%).
    • El número de disposiciones normativas aprobadas por el Estado y las diecisiete autonomías multiplica por diez las producidas por Alemania con una población que casi duplica la española.
  • También habría que tender a la convergencia con Europa en cuanto al número de jueces (España dispuso de 11,2 jueces por 100.000 habitantes en 2014, mientras que la media de la UE-15 es de 15,4).
  • El número de asuntos pendientes se ha reducido en nuestro país un 25% entre los años 2010 y 2015, aunque sigue encontrándose en la mitad inferior de la clasificación europea.
  • Se ha podido observar una mejora en cuanto a medios tecnológicos con los que se cuenta en el campo de la Justicia, pero aún falta bastante recorrido, sobre todo en cuanto a hacer compatibles los sistemas informáticos del Ministerio de Justicia y los de algunas comunidades autónomas que tienen transferidas competencias (hay ocho sistemas informáticos independientes –siete de CCAA y uno del Ministerio de Justicia– que no se comunican entre sí).
  • De los casi 4.000 órganos judiciales, cerca de un millar, es decir, el 24%, no alcanzan el indicador medio de carga de trabajo. Sin embargo, el 43,5% de los órganos judiciales está por encima del 150% de ese indicador medio.
  • Los juzgados en los que se ha producido una mayor acumulación de asuntos han sido los juzgados de lo mercantil. Estos son precisamente los tribunales que suelen encargarse de los asuntos más relacionados con el ámbito económico y empresarial (hay que tener en cuenta que la duración estimada de los asuntos en el ámbito concursal es la mayor de todas las jurisdicciones y ha ido incrementándose de 2011 a 2015: la duración en el ámbito concursal se ha multiplicado casi por 1,5, pasando de 28,2 meses en 2011 a 41,6 meses en 2015).
  • En el ámbito concursal, se observa en los últimos años una tendencia clara a disminuir los concursos de acreedores (procedimiento judicial) frente a un incremento del tratamiento de las insolvencias mediante soluciones extrajudiciales: preconcursales (acuerdos de refinanciación) y extraconcursales (mediación concursal). Esto está contribuyendo a descargar los Juzgados de lo Mercantil.

En base lo expuesto, el Consejo General de Economistas ha planteado algunas propuestas de mejora del sistema judicial español, entre las que destacan:

  • Parece necesaria una reorganización de los juzgados y tribunales bajo principios de eficiencia. Más que plantearse un incremento en la oferta generalizada de juzgados y tribunales, quizá convendría realizar un refuerzo en determinadas jurisdicciones y tribunales específicos, a través de un estudio territorial y caso por caso aplicando criterios de eficiencia económica y empresarial.
  • Pese a que, en comparación con el resto de Europa, España no se encuentra mal posicionada en cuanto a los tiempos de respuesta judicial, la Administración de Justicia tendría que mejorar los plazos de resolución de los asuntos ingresados, especialmente en aquellas jurisdicciones, como la mercantil, que tratan aspectos relacionados con las insolvencias empresariales.
  • Para mejorar el marco normativo, debería reducirse la complejidad del entramado legislativo y evitar la profusión y la dispersión legislativa.
  • Para descongestionar los juzgados, debería plantearse un plan de acción específico para reducir la tasa de litigiosidad, que contemple el incremento del uso de sistemas alternativos de resolución de conflictos, como la mediación o el arbitraje.
  • Debería considerarse y plantearse exigir la mediación en determinados procedimientos de forma previa obligatoria. También podría extenderse el modelo del ámbito laboral, en el que es obligatorio pasar primero por un servicio de mediación antes de recurrir al Juzgado de lo Social. Se echan en falta más campañas de promoción de estos sistemas entre las empresas (especialmente pymes) y sociedad en general, y más estímulos a los operadores para que acudan a estos procedimientos.
  • Pese que en los últimos años ha habido importantes avances tecnológicos en el campo de la Justicia en España, aún queda camino por recorrer. LexNET debería dotarse de los suficientes medios presupuestarios en los próximos años para que su implantación sea más eficiente. Deben tomarse otros referentes de éxito en materia tecnológica –como la Hacienda Pública– y hacer compatibles los sistemas informáticos del Ministerio de Justicia y los de todas las CCAA.
  • Deberían mejorarse las estadísticas judiciales para facilitar la comparabilidad y la elaboración de indicadores de eficiencia más sofisticados.
  • Uno de los grandes retos del sistema judicial español es acometer un estudio en profundidad que permita identificar con claridad los motivos por los que la ciudadanía no aprecia de forma positiva su sistema judicial, para, posteriormente, tomar medidas que permitan mejorarlo. Uno de los primeros pasos debería ir encaminado a profundizar en la independencia de la Justicia, ya que, según el informe de la Comisión Europea, existe en España una desconfianza en la independencia de la Justicia por parte de las empresas y particulares bastante por encima de la media europea.
  • Las diversas fuerzas políticas deberían integrar un gran Pacto de la Justicia. Adicionalmente, debería incrementarse el protagonismo de la Justicia en las políticas generales del país y fomentar su transversalidad.

 




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