Ejercer en tiempos revueltos
“Ser abogado es una suerte”. Esa es la idea que tienen los que nos miran desde fuera cuando ven a un abogado hablando por la tele, con su toga puesta y vomitando palabrejas jurídicas.
Pero nada más lejos de la realidad. Ser abogado es una enorme responsabilidad, que requiere un gran esfuerzo por no abandonar ni tirar la toalla cuando te encuentras con situaciones verdaderamente surrealistas, que hacen de la Justicia una auténtica escena de una película de los Monty Python.
Durante los años de la dura carrera de Derecho nadie te explica cómo funciona este circo jurídico, nadie te avisa de lo que te espera. Lo primero a lo que tienes que enfrentarte es a tu propia juventud, que siempre se identifica con inexperiencia. Llevas lo mejor que puedes ese San Benito maldito rogando que el tiempo pase lo más deprisa que pueda, tratando de aparentar que tienes mucha más edad, y ocultando con mejor o peor resultado que solo hace unos pocos años que estabas en la facultad.
Pero lo cierto es que es entonces cuando tienes más ilusión que nunca. Pones en cada asunto un pedazo de ti, dedicándole horas de trabajo, horas de sueño, y haciendo tuyo el problema del cliente. Es absolutamente necesario que no se pierda esa ilusión, ese espíritu del abogado joven, para que a lo largo de los años no cuelgues la toga y se abandone el alma de la profesión de abogado.
Pese a que hace más de doce años que salí de la facultad, sigo conservando aún ese espíritu del Abogado joven, y me aferro a él con todas mis fuerzas, para que no se vea mermado, porque de lo contrario sería imposible seguir ejerciendo en una realidad social como la que nos ha tocado vivir en la actualidad. Reformas imposibles de los códigos más básicos de nuestro ordenamiento, realizadas con nocturnidad y alevosía, pasándose por el Arco de Triunfo la vacatio legis, amenazan con hacer de nuestra profesión una auténtica batalla campal.
Son numerosas las guerras que nos ha tocado librar en la actualidad a los abogados, y con especial intensidad a los jóvenes, por aquello de que llevamos en la sangre el espíritu rebelde de la juventud, quizás porque hasta hace bien poco éramos una profesión bastante ignorada, y no porque no nos consideraran importantes o necesarios, sino porque siempre se ha pensado que los abogados somos de esa clase que tanto está de moda hoy, esa “casta” de personas que viven alejadas de la realidad social y a los que con el título de licenciado en Derecho se les entrega la llave de un mundo de lujo y postín al que el resto de los mortales no tienen acceso ni aunque les toque el gordo de la lotería.
Pero basta asomarse un poco a este mundillo del Derecho para darse cuenta de la cruda y triste realidad: que los abogados somos tan currantes o más que cualquier otro trabajador asalariado; que somos exactamente igual al resto de profesiones liberales, y desde luego, no nos regalan absolutamente nada, nos ganamos a pulso cada céntimo de nuestros honorarios.
La última batalla que se está librando entre abogados y políticos es la del Turno de Oficio. Y hemos centrado la lucha fundamentalmente en que se salvaguarden los derechos de los ciudadanos, que no se endurezcan los requisitos para acceder al Beneficio de Justicia Gratuita, y que se garantice el ejercicio de ese derecho a la gratuidad de la Justicia sin limitaciones. Pero no podemos olvidarnos que esa garantía también debe conllevar la dignificación de la profesión, y en este caso, de una parte de la profesión que es esencial para la sociedad, como es el Turno de oficio, el cual solo es posible precisamente porque existen abogados que se prestan a ello. El turno de oficio es la auténtica función social de la abogacía, y no hay más que echar un simple vistazo a su funcionamiento para estar de acuerdo con esta afirmación.
Tras más de una una década ejerciendo como abogado de oficio, sigo preguntándome cómo es posible que se ofrezca ese servicio de forma tan garantista para los ciudadanos, cuando las retribuciones que se están abonando a los profesionales que lo desempeñan son irrisorias, y en la mayoría de ocasiones, insuficientes. Es surrealista que se preste un servicio que se considera público y que al profesional que lo presta le resulte deficitario.
Incluso en una época como la que vivimos, con la libre competencia como estandarte de la profesión y multitud de ofertas de abogados que ofrecen servicios low cost, sigue resultando llamativo que el Turno de oficio continúe siendo el servicio más económico de toda la sociedad.
Se olvida por completo que los abogados de oficio no solo llevan a cabo una labor profesional jurídica en su más estricta definición, sino que cuando uno se coloca la toga de oficio, pone en ese asunto toda su humanidad, prestando una labor social que va mucho más allá de la mera representación procesal. Y no se trata de que se retribuya esa labor social (que es en realidad un voluntariado tal y como se concibe hoy, no nos engañemos), sino que como mínimo se compense económicamente el trabajo realizado desde el punto de vista jurídico, simplemente teniendo en cuenta la especial complejidad de los asuntos que se abordan, ya sean penales, civiles, en materia de familia o laboral. No es de recibo que se desprestigie la profesión de abogado abonando cantidades irrisorias por un procedimiento completo por el que cualquier otro profesional fuera del Turno de oficio cobraría más del quíntuple.
Las exigencias de dignificación de la profesión deben pasar siempre por esta reivindicación: unos honorarios por los servicios del Turno de Oficio mucho más acordes con la relevancia del trabajo desempeñado. Es lo que nos debemos a nosotros mismos como profesionales juristas.
El desempeño de la función social que constituye el servicio prestado por los abogados en el Turno de Oficio debe desarrollarse bajo la idea de que somos todos elementos necesarios del sistema para que éste funcione, lo que implica que se nos trate en condiciones de igualdad y dignidad, solo así el desarrollo del funcionamiento de los servicios de guardia gana en agilidad y calidad, lo que sin duda nos beneficia a todos, y a los que más, a los destinatarios finales de esos servicios: los ciudadanos.
La reivindicación debe centrarse en dos puntos que atañen a la Abogacía (y en especial a la Abogacía Joven, por ser la que en definitiva garantiza el funcionamiento del servicio del Turno de Oficio), la revisión de los baremos que remuneran las actuaciones de los letrados y el establecimiento de un sistema de garantías para los casos en los que habiéndose desarrollado el trabajo, se deniega la solicitud de justicia gratuita pero el ciudadano no quiere o no puede pagar el servicio prestado.
Por lo que se refiere al primer punto, es necesario que se proceda a revisar o bien actualizar las percepciones que los letrados reciben por sus actuaciones en aquellos casos en los que el ciudadano litiga con el beneficio de justicia gratuita dado que llevan sin alterarse, ni siquiera para su actualización, desde hace muchos años. Como antes se mencionaba, deben ser mucho más acordes con las concretas actuaciones que llevan a cabo los abogados, con el servicio jurídico prestado y el asesoramiento integral que se ofrece, y más aún cuando se trata de procedimientos de especial complejidad.
Y si lo anterior es una reivindicación perfectamente comprensible, más lo es que se establezcan las medidas para que se garantice que el letrado que ha sido designado, en no pocas ocasiones a requerimiento de un juzgado por ser preceptiva la intervención y garantizar así el derecho de defensa del ciudadano, pueda siempre cobrar por sus actuaciones. Y ello porque son muchos los casos en los que no se reconoce el derecho de justicia gratuita al ciudadano (por su falta de interés muchas veces) y en consecuencia, al letrado que ha trabajado no le queda más remedio que acudir a la vía judicial frente a su propio cliente para reclamar sus honorarios. Honorarios que en muchas ocasiones no podrá cobrar por resultar aquel insolvente, y ello pese a que curiosamente no tiene derecho al beneficio de Justicia Gratuita.
El no corregir esta situación supone consagrar una injusticia, pues implica que el Estado dispone de un servicio de asesoramiento y defensa gratuitos a costa de los letrados.
Desde un punto de vista práctico, este segundo aspecto tiene una fácil solución: el pago a cargo de la Administración conforme a los mismos baremos de la justicia gratuita reservándose la posibilidad de reclamarlos del ciudadano posteriormente, ya que como bien sabemos todos, la Administración Pública es quien puede garantizar sin a penas esfuerzo la recuperación de esos honorarios de los justiciables que no tienen derecho al beneficio de Justicia Gratuita, puesto que posee todos los mecanismos para la búsqueda de bienes y derechos, y fundamentalmente, posee la potestad para embargarlos. La reforma de la actual Ley de Asistencia Jurídica Gratuita debe sin duda tener en cuenta esta premisa, y es nuestra obligación seguir luchando en este sentido.
Sin duda la Administración Pública debe implicarse mucho más en este servicio público, porque así lo es, un servicio que garantiza un derecho constitucionalmente recogido, no lo olvidemos, y con esta finalidad debemos seguir reivindicando mayores garantías para los ciudadanos, sí, pero también para los profesionales que están encargados de prestar ese servicio. Porque sin nosotros, el turno de oficio no existiría.
Regina Márquez Gutiérrez
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia
Tesorera de la Agrupación de Jóvenes Abogados de Murcia
Tesorera de la Confederación Española de Abogados Jóvenes
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