Virginia Domingo de la Fuente
Cuando te dedicas a algo relativamente novedoso siempre es bueno cualquier forma de publicidad de lo que haces. Se trata de intentar “vender” a lo que te dedicas o al menos intentar transmitir al ciudadano, qué es y qué beneficios puede tener. Con la justicia restaurativa pasa lo mismo, todo lo que pueda aportar claridad a nuestro trabajo es bienvenido. Sin embargo, en los últimos tiempos proliferan películas que tratan de informar sobre justicia restaurativa y lo único que generan es error en muchos aspectos de lo que consiste el trabajo del facilitador.
FACILITAR PROCESOS RESTAURATIVOS: REALIDAD VERSUS FICCIÓN
La última película que habla de justicia restaurativa esta vez la película francesa titulada en España “las dos caras de la justicia” comienza bastante bien. En el inicio se puede ver una formación de facilitadores en la que el profesor les viene a decir , aunque no con estas palabras, que no se puede sermonear a la persona ofensora, que no son abogados no les interesa los datos del delito y que no pueden decir cosas como entiendo por lo que estas pasando porque es imposible….la verdad que este comienzo es claro en lo que no hace un facilitador (y que por cierto algunos facilitadores de renombre en España deberían grabarse a fuego para que luego no vendan que en justicia restaurativa se hace preguntas como ¿a cuantos has matado y cómo?)
Sin embargo poco a poco la película se diluye en prácticas que carecen de cierto propósito y orden. A los ojos del ciudadano o la persona que desconoce lo que es la justicia restaurativa puede resultar muy visual estas reuniones conjuntas con víctimas, personas ofensoras y comunidad. Sin embargo, desde el punto de vista de las buenas prácticas lo que se muestra adolece de graves errores. No es propósito de este articulo escribir una crítica completa de la película pero si aclarar, que muchas cosas que se hacen no son las idóneas al menos no desde el punto de vista de los objetivos de la justicia restaurativa. Sobre todo porque esta película está siendo proyectada en multitud de ciudades españolas, y está siendo objeto de debates y reflexiones.
Lo primero que llama la atención es que una vez más se ve poca preparación antes de un posible encuentro. En la preparación con un privado de libertad lo único que hablan es de su historia, lo cual no está mal pero ni tan siquiera se le indica el objetivo del proceso de justicia restaurativa que están comenzando. Quiero creer que es algo de la película que lo limita por cuestiones de argumento pero realmente veo un desconcierto que no mejora en el encuentro conjunto. Cuando se presentan en el pseudocirculo veo que hay personas de la comunidad y cuando hablan dicen que expectativas tienen del proceso restaurativo que está empezando, de hecho la facilitadora lo escribe en un rotafolio. Los procesos restaurativos deben tener unos objetivos que se explican y se reflexiona sobre ellos en las reuniones preparatorias en los que el facilitador se asegura de que las expectativas de las personas participantes son realistas. Si no analizamos esto antes y esperamos al encuentro conjunto puede ser revictimizante para las víctimas y peligroso para las personas ofensoras.
Lo que se ve en las sesiones de este pseudocirculo es más parecido a una sesión de terapia que a un proceso restaurativo. No hay objetivo claro de lo que se pretende conseguir, la facilitadora solo explica la duración de las sesiones y las personas van tomando la palabra como quieren, lo que genera en ciertos puntos un rifi rafe entre una victima y una persona ofensora a la que los demás asisten como meros testigos. De hecho, el que no haya un objetivo claro de la práctica restaurativa que están poniendo en práctica me hizo preguntar ¿qué buscan? ¿qué papel tienen los otros miembros de la comunidad? Es más como puede ser que en una sesión conjunta haya varias personas ofensoras justificando sus delitos. Hasta que no se tiene clara la responsabilización de las personas ofensoras no se debiera hacer una reunión conjunta y si surge en este encuentro, el facilitador debe reconducir y no asistir de forma pasiva a como se habla de estas justificaciones y una victima enfadada y con cierta ira se enfrenta a la persona ofensora. Esto que refleja la película no es una práctica restaurativa al menos no una que esté hecha con las mínimas garantías, y como somos humanos si esto que refleja la película pasara en la realidad, se debe suspender la reunión para reconducirla. Los procesos restaurativos no son prácticas para que las personas se desahoguen no son terapia y sobre todo conllevan una preparación exhaustiva pera evitar precisamente lo que se ve en las primeras sesiones del supuesto círculo.
Y me preocupa que las personas se piensen que la justicia restaurativa no fija objetivos previos o no hay preparación, de hecho, hasta las personas de la comunidad deben tener preparación y valorar qué objetivos tienen su participación. Asimismo los círculos tienen una estructura que debería seguirse en este caso, veo algunos aspectos de los círculos pero no veo una estructura clara no sé muy bien qué clase de círculos están poniendo en práctica. Entiendo que es una película pero no comprendo que se proyecte como ejemplo de la justicia restaurativa, porque es una visión muy novelada de la realidad.
LA MEDIACIÓN NO ES RESTAURATIVA ES MEDIACIÓN
En cambio aprecio un aspecto muy educativo en la película sobre lo que no se debe hacer como facilitadora de procesos restaurativos, y esto se refleja cuando la facilitadora trata de gestionar un proceso restaurativo que en la película llaman mediación restaurativa entre una chica y su hermanastro que abusó de ella cuando era pequeña.
Gracias a la película ha quedado claro que la mediación no se puede usar para gestionar un delito. En la mediación se parte de un equilibrio y de dos partes en condiciones de igualdad, la chica en un primer momento pretende una mediación puesto que busca a la facilitadora supuestamente porque su hermanastro ha llegado a la ciudad y quiere llegar a acuerdos para no coincidir con él en lugares públicos.
Efectivamente la mediación se puede usar para intentar llegar a acuerdos o pactos de convivencia pero en supuestos donde hay un equilibrio entre las partes, en este caso, no existe , la chica fue víctima pero además sigue altamente impactada. Ella misma se autolesiona y no quiere que nadie sepa lo que está intentando. No se puede usar una mediación para gestionar esta parte de acuerdos cuando claramente no se ha gestionado el daño que acarreó el delito.
Hubo juicio y estuvo en la cárcel pero la chica no vio atendida sus necesidades como victima y en todo caso, el hermano en la propia película dice que también se siente víctima. ¿Cómo ni tan siquiera pueden intentar una mediación para gestionar estos acuerdos cuando lo más urgente es la responsabilización de la persona ofensora y la atención de las necesidades de la chica que claramente van más allá de estos acuerdos?
Este es un claro ejemplo de por qué mediación no es justicia restaurativa, y si se utiliza la herramienta reunión víctima-ofensor (llamada mediación penal) su uso, sus objetivos difieren radicalmente de una mediación al uso. En este caso, aun cuando el deseo de la chica era en principio solo llegar a acuerdos, la facilitadora debería haber utilizado las reuniones preparatorias para explorar lo que hacemos en justicia restaurativa, y estoy convencida de que aunque la hubiera llevado tiempo al final, la chica hubiera visibilizado sus necesidades no satisfechas con el juicio que hubo. Y si no debería haberla dicho a la chica que el proceso no es el adecuado. Es cierto que la insiste en que visite a un psicólogo pero claramente el proceso que se inicia de una supuesta mediación restaurativa (una terminología incompatible) lo único que provoca es daños tanto en victima como persona ofensora (con independencia que luego todo acabe como es de esperar en una ficción de forma satisfactoria).
Para tener resultados exitosos el proceso debe ser humano, seguir los principios de la justicia restaurativa y no revictimizante. Leí en alguna crítica de la película que ofrece una visión de las dificultades de la justicia restaurativa y estoy totalmente de acuerdo, no es fácil, pero desde luego es menos sencillo si no se realizan los procesos de forma adecuada o más bien, no se entiende qué se hace en justicia restaurativa
CONCLUSIONES
Aunque la justicia restaurativa sigue de moda, se siguen apreciando situaciones que visibilizan el desconocimiento de lo que se hace en un proceso restaurativo. Se saben los beneficios, los aportes teóricos a la satisfacción de víctimas y personas ofensoras pero no se tiene mucha idea de lo que hace un facilitador en la práctica. Es tal el desconocimiento y la confusión de conceptos que a pesar de que el Estatuto de la víctima habla de servicios de justicia restaurativa y la Recomendación CM/Rec(2018)8 del Comité de Ministros a los Estados miembros en materia de justicia restaurativa penal establece claramente unas líneas muy acertadas sobre lo que es esta justicia, todavía hoy hay comunidades autónomas que se jactan de poner en marcha un servicio de mediación penal. Esto parece que sea una noticia del año 2007 cuanto todavía la palabra restaurativa no estaba en auge pero en la actualidad cualquier persona entiende que hablar de mediación penal se queda corto puesto que las intervenciones restaurativas son muy variadas y la mediación penal (que se debió llamar reunión víctima-ofensor) es una práctica parcialmente restaurativa y en ocasiones se hace necesario otras prácticas más inclusivas. Por otro lado, las películas no dejan de ser ficción por mucho que estén basadas en hechos reales. Quiero creer que es por cuestiones de tiempo pero realmente cualquier persona ajena a la justicia restaurativa que vea esta película puede tener sentimientos encontrados.
Es decir algo destinado a vender la justicia restaurativa produce el efecto contrario y mucha gente pensará que no quieren ni oír hablar de esta justicia, máxime cuando se ven errores metodológicos muy claros. La justicia restaurativa es flexible pero se necesita conocer cómo hacer el proceso. La justicia restaurativa no es algo mágico, no trata de juntar a víctimas y personas ofensoras con la esperanza de que siempre va a pasar algo bueno y “bonito” para las personas. La justicia restaurativa requiere trabajo, conocer qué se explora en las reuniones preparatorias y en las conjuntas, indagar quienes van a participar y cuál es el objetivo y sobre todo qué se quiere conseguir. Al menos la película refleja que un programa de justicia restaurativa no es un taller o curso de justicia restaurativa. Gracias a esta película igual las personas empiezan a comprender que en los programas las personas son las que hablan y no porque el facilitador les pone tareas para que realicen después de impartirles una charla sobre qué es justicia, qué es el perdón, quién es la víctima…al menos en Francia parece que lo tienen claro.