Carpeta de justicia

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INTRODUCCIÓN

Patricia Ramírez, la madre del niño Gabriel Cruz que fue asesinado por la entonces pareja de su padre, Ana Julia Quezada, ha anunciado este sábado que va a emprender una serie de acciones judiciales para intentar frenar la producción y emisión de un documental relacionado con el caso de su hijo, el cual contaría con la participación directa de su asesina pese a que la misma cumple una pena de prisión permanente revisable en la cárcel de Brieva (Ávila).

Cuando lees la introducción podría pensarse que es un argumento de una película pero es la triste realidad, no solo de la noche a la mañana te conviertes en víctima sino que  tienes que soportar que el sistema no te deje pasar el duelo y siga revictimizándote

LAS VICTIMAS MERECEN RESPETO Y NO VOLVER A SENTIRSE VICTIMAS ESTA VEZ DEL SISTEMA

En un mundo en el que la justicia restaurativa nos recuerda que la víctima está en el centro del sistema no se puede entender cómo pueden estar pasando estas cosas. Todos los políticos se suman a las bondades de la justicia restaurativa  pero se olvidan de que la justicia restaurativa surgió por y para las víctimas y sobre todo para superar el olvido de estas y promover su empoderamiento.

Nos venden modelos de justicia restaurativa en la que la víctima es una “victima buena” que perdona y se reúne con la persona ofensora. Y ahí radica el fallo el “secuestro” de la justicia restaurativa en manos de pseudo expertos que la reducen a todo a esto,  sin darse cuenta de que la justicia restaurativa es mucho más.

Y esto nos lleva a que debemos seguir luchando por una verdadera justicia restaurativa más humana que impida que personas como esta madre deba seguir reviviendo lo sucedido, y no pueda seguir con  su duelo.

Cuando te conviertes en victima como dice Howard Zehr es difícil entender el camino que comienzan las personas y por eso él las llamó viajes. En estos viajes las víctimas van expresando sus necesidades para comenzar el camino hacia la sanación. No se trata de que se olviden del daño sufrido sino que lo puedan resignificar para retomar su vida. El último viaje es en el que se busca la justicia. Muchas personas pensarán que este viaje dura hasta que se acaba el juicio y que la víctima con esto ya ha obtenido lo que quería pero no es así.  Porque acabe el juicio no dejas de sentirte víctima, y sin embargo, el sistema te “abandona” porque en teoría ya has conseguido lo que necesitabas.

Esto sucede porque en general nadie pregunta a las personas que han sufrido un daño cuáles son sus necesidades, qué necesitan para al menos ver aminorado su dolor y qué se puede hacer para mejorar las cosas para ella.

Ojalá en un mundo ideal la justicia tradicional se ocupara de buscar respuestas a estas preguntas, sin embargo, no es su función ya que solo busca la verdad jurídica, si efectivamente el delito sucedió y en este planteamiento, la víctima es un mero cebo para conseguir que la persona responsable sea declarada culpable.

Por supuesto que existe la responsabilidad civil derivada del delito pero también es cierto que una vez más la justicia tradicional piensa que con dinero la víctima ya ha obtenido lo que necesita y como es lógico, la mayoría de las necesidades de una persona que ha sufrido un delito pocas veces se corresponden con dinero. Un dinero que en no pocas ocasiones no llega porque la persona ofensora se declara insolvente.

Por eso, es necesario que nunca se pierda el enfoque restaurativo en la atención a la víctima y no nos olvidemos que porque haya una sentencia ya por arte de magia dejó de sentirse víctima.

Pero es que además hay amparo legal a la reivindicación de esta madre para que no se utilice a su hijo para realizar un documental y es que El Reglamento de Protección de Datos (RGPD) en su artículo 8.1  dice que “Si el niño es menor de 16 años, tal tratamiento únicamente se considerará lícito si el consentimiento dio o autorizó el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño, y solo en la medida en que se dio o autorizó”

Y en este mismo sentido el artículo 52 de La Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia establece las funciones y potestades de la agencia española de protección de datos  respecto a la protección de los datos personales de los menores, cuando la violencia se ejerza a través de las tecnologías de la información y la comunicación. Y en este caso, el permitir un documental supondría que sus seres queridos van a  revivir la violencia que sufrió este niño algo que bajo ningún concepto debería permitirse.

Todo esto sería  desde el punto de vista estrictamente jurídico y ¿desde  el punto de vista humano?

Desde el punto de vista meramente humano no es ético ni licito intentar aprovecharse del dolor de unos padres con el objetivo de ganar dinero, ni tan siquiera porque las series true crimes  parecen gozar de muchos seguidores. El morbo y la audiencia no legitima causar dolor y más daño.  Desgraciadamente otras personas se están apropiando de la historia de estos progenitores,  sin tomar en consideración lo que realmente quieren los progenitores. Este punto de vista humano debiera ser suficiente sobre todo porque también tiene amparo en la legislación vigente tal y como hemos visto

¿ Y DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA JUSTICIA RESTAURATIVA? ¿ QUÉ SE PUEDE DECIR?

Sorprende que hoy en día donde la justicia restaurativa es algo de moda, las autoridades y el sistema en general se olviden de que el enfoque restaurativo debería primar sobre todas las cosas atendiendo las verdaderas necesidades de las víctimas que ha sufrido un daño, y como dije y así lo expone la exposición de motivos del Estatuto de la víctima esta protección a las personas que sufrieron un daño implica hacerlo tanto antes, durante como después del juicio.

El enfoque restaurativo es sencillo y de sentido común,  si la verdadera justicia debe ayudar a sanar o al menos intentarlo debemos siempre respetar lo que las victimas necesitan.  Y este respeto debería primar sobre cualquier otro interés.  

Muchas personas han pensado que esta atención a las víctimas puede entrar en colisión con los derechos de reinserción de las personas ofensoras, una vez más piensan así porque tienen una imagen de las víctimas como vengativas y punitivas y no se paran a pensar primero que no todas tienen estos sentimientos y que si los tienen es precisamente porque cuando acuden al sistema buscando justicia son revictimizadas de nuevo y en todo caso, no se respeta su dolor y su necesidad de tener un duelo en paz.

En cambio, aprecio cada vez más que se usa la justicia restaurativa con un objetivo único la supuesta reinserción de la persona ofensora y las víctimas solo aparecen si quieren un encuentro conjunto y para  luego dar publicidad de lo “sanador” que es esta reunión conjunta. Esta utilización casi obsesiva que hacen muchos facilitadores y que tanto gusta a Instituciones Penitenciarias y otras entidades del sistema,  me recuerda a la justicia tradicional donde la víctima es el eje pero no para escucharlas y atenderlas sino para conseguir que la persona ofensora sea declarada culpable. Pues en el caso de la justicia restaurativa esta utilización solo para este encuentro, llegando incluso a decirles que es bueno que perdonen etc. imponiendo una teórica supremacía de valores de los facilitadores sobre las víctimas, comienza a ser parecido a lo que se hace en la justicia tradicional:   las víctimas son  solo un mecanismo para decir que se ha reinsertado una persona ofensora y venderlo como un éxito.

En la justicia restaurativa debe haber al menos un equilibrio de intereses,  sin olvidar que surgió como he venido reiterando,  para mejorar la atención de las personas que han sufrido un delito

Por eso el enfoque restaurativo debería ser el eje en todos los casos, y en este asunto en concreto, debemos escuchar y debemos atender las necesidades de esta madre. Antes y durante el juicio habría que haberla preguntado que necesitaba. Desde luego muchas de las personas que sufren necesitan respeto, ser reconocidas con dignas de consideración, recuperar el control de su vida y buscar un sentido diferente a lo vivido, una narrativa poderosa que a pesar del terrible daño sufrido la pueda ayudar a dar un sentido diferente a lo vivido. Pero después del juicio no podemos olvidar que las personas pueden seguir sintiéndose víctimas, y si han dejado de sentirse así es terrible que de nuevo vuelvan retomar su rol. El sistema tan teóricamente perfecto con su prisión permanente revisable está revictimizándola y además algo que se nos olvida están utilizando la imagen de su hijo (un menor de edad que siempre está protegido aunque no esté entre nosotros físicamente)

Esto nos demuestra que penas más duras no es la solución si luego no nos preocupamos por las víctimas, no les dejamos espacio para sanar, ensuciamos su dignidad y sobre todo no escuchamos lo que nos piden .

Pero además no deberíamos esperar a que tengan que “gritar” lo que está pasando para escucharlas. Parece que ahora el Ministerio de interior va a recibir a esta madre, ¿cuánto dolor ha tenido que pasar para que ahora se dignen a escucharla?.

Es tan sencillo como los siguiente, si alguien quiere utilizar la historia de su hijo para un documental, se les tiene que preguntar a los progenitores no porque es ético sino porque la ley así lo dice y porque son las otras víctimas del delito.  Y si dicen que no como es el caso,  no hay más que decir. Ni siquiera porque en el documental pueda verse un teórico arrepentimiento de la persona ofensora porque lo que debe estar por encima de todo son las víctimas.

Este protagonismo de las víctimas está contemplado en el Estatuto de la víctima e incluso Instituciones penitenciarias se jacta reiteradamente de que para ellos y ellas prima esta atención a las víctimas. Si tan claro lo tienen cómo pueden revictimizar a esta madre, cómo pueden obviar que la justicia restaurativa escucha a las víctimas, atiende sus necesidades incluso aunque no haya un encuentro conjunto o ni se plantee. Tampoco entiendo que tantos jueces pro justicia restaurativa se olviden de este trato más humano que promueve la justicia restaurativa y este atender sus daños emocionales

Todos tenemos un poco de culpa en este caso, si nadie tuviera tanto morbo por los true crime, no habría interés en hacer este documental, y si la justicia restaurativa se tomara en serio, esto nunca hubiera sucedido y esta madre no tendría que haber tenido que denunciar todo lo que está pasando. Debemos hacer un examen de conciencia porque si hay leyes que protegen a las víctimas, hay leyes que amparan la necesidad de apoyarlas para que puedan pasar el duelo incluso después del juicio ¿por qué pasa esto?

Y sobre todo  ¿por qué  no entendemos de una vez qué implica la justicia restaurativa y dejamos de utilizarla como forma de vender finales felices donde los buenos cambian y las víctimas les perdonan? ¿por qué no comienzan a entender las instituciones y el sistema que la justicia restaurativa busca atender a las personas que sufrieron un daño y si logramos también que las personas se reinserten pues mucho mejor? Pero desde luego no es un mecanismo único en el que lo que se busca exclusivamente es la reinserción de las personas ofensoras, a través de un encuentro conjunto ya sea con la victima directa o una subrogada. En esta obsesión de las diferentes instituciones y algunas entidades  por buscar vender lo bonito de las historias con final feliz,  se olvidan de que la justicia restaurativa y su enfoque es mucho más que esto. Y que incluso buscar a toda costa este encuentro, llegando a buscar victimas debajo las piedras puede revictimizar y encima no lograr la verdadera responsabilización de la persona ofensora.

CONCLUSIONES

La verdadera justicia es una justicia que ayuda a sanar, el simple juicio gestiona el aspecto legal del daño si el delito sucedió o no y el hecho de que una persona reciba su reproche a través de la pena, puede suponer un alivio para las victimas  e incluso para la sociedad pero en general, las personas que sufrieron el daño después siguen teniendo unas necesidades.

La justicia restaurativa es una forma de hacer justicia más humana que se ocupa de este aspecto emocional del delito pregunta a las víctimas, las escucha y no decide por ellas, lo que es mejor.  La exposición de motivos del Estatuto de la víctima fue clara con este enfoque de justicia restaurativa aunque luego su articulado se diluyó y se perdió al confundirla con mediación y supeditarlo todo a un encuentro conjunto.

Si entendemos la justicia restaurativa como un enfoque diferente de gestionar los daños tras el delito, es hora de utilizarla para mucho más como hacemos con los programas individuales (que no son cursos, entrevistas individuales, terapia etc.).

Si se quiere que esta justicia restaurativa funcione se debería tener como principio rector en todas las comunicaciones y trato con las víctimas. Esto implica información  sencilla y clara sobre su caso, incluso sobre  los permisos penitenciarios y la evolución de la persona ofensora dentro de prisión (algo que parece que también se le ha negado a esta madre y el Estatuto de la victima lo contempla). También este principio rector de la justicia restaurativa implicaría no catalogar a una víctima como buena o mala, porque no quiera participar de un circo mediático con un documental, respetar su negativa, entender que es su decisión y sobre todo porque no podemos permitir que sea revictimizada de nuevo.  Si la justicia restaurativa surgió para empoderar a las víctimas, para mostrar nuestro respeto por su dolor y sobre todo para respetar sus decisiones, este es un caso claro de cómo no lo estamos haciendo bien.

 En mi búsqueda por una verdadera justicia necesito que no nos olvidemos de las personas que sufrieron daños y no permitamos que tengan que pasar por lo que está pasando esta madre. No es utopia porque existen leyes y existe la justicia restaurativa, solo necesitamos aplicarlas bien y comprender su uso y sus beneficios. Es hora de ser más humanos que profesionales.




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