Recientemente se promulgó la “Ley de 40 horas” en Chile, diseñada para proporcionar una mayor flexibilidad en el ámbito laboral. Esta reforma tiene como objetivo mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal, adaptándose a las necesidades cambiantes de la fuerza laboral moderna. Especialmente, desarrolla la implementación de horarios flexibles para el inicio de la jornada y la compensación de horas extras mediante jornadas libres.
Desde la perspectiva empresarial, surge la interrogante sobre la viabilidad de mantener una relación laboral de subordinación y dependencia sin la necesidad de reportar avances. Los primeros casos sobre el particular y jurisprudencia, permitirá evaluar de forma concreta cómo estas dinámicas afectan las relaciones laborales. Las empresas deberán adaptarse a estos nuevos marcos normativos, evaluando si pueden seguir siendo competitivas y eficientes bajo estas nuevas condiciones.
No obstante, la enmienda del artículo 22 inciso 2° del Código Laboral parece tomar una dirección opuesta al flexibilizar las prácticas laborales. Esta modificación enfatiza la rigidez en la aplicación de horarios fijos y el registro de asistencia, lo cual podría tener implicaciones negativas para trabajadores que reciben bonos por disponibilidad, incentivos por viajes de trabajo o comisiones por ventas. La imposición de horarios estrictos y la necesidad de registrar la asistencia podría limitar la capacidad de estos trabajadores para desempeñar sus funciones de manera flexible y efectiva. Perjudicando en definitiva no solo al empleador sino también al trabajador por coartar su libertad laboral, o a lo menos propiciando tensiones permanentes entre una y otra parte.
La Dirección del Trabajo ha sugerido que actividades como la entrega de informes y la asistencia a reuniones de evaluación pueden considerarse como labores de supervisión, lo que implicaría cumplir con un horario establecido. Esta interpretación puede afectar la manera en que se gestionan y supervisan los equipos de trabajo, introduciendo una mayor rigidez y burocracia en las tareas que requieren una supervisión constante.
La introducción de estas leyes y la modificación del Código Laboral han generado un debate significativo sobre el equilibrio entre la flexibilidad laboral y la necesidad de supervisión y control.
Si bien las leyes de flexibilidad laboral buscan mejorar la calidad de vida de los trabajadores, la modificación del artículo 22 parece introducir nuevas complicaciones que podrían contrarrestar estos beneficios, coartando la libertad del trabajador y mermando también el crecimiento o funcionamiento diario de las empresas.
Lo anterior, podría ir en desmedro del empleo formal, y se prefiera otras alternativas que otorguen mayor laxitud, como la prestación de servicios externos o en el peor de los casos, derechamente la informalidad laboral.
La evolución de estas normativas y su impacto real en el entorno laboral será un aspecto crucial a monitorear en este año en Chile, lo cual sin duda dará que hablar a los abogados laborales en Santiago y el resto del país.
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