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Una duda que suele surgir a tanto trabajadores como empresarios es dónde comienza y dónde acaba la jornada laboral, especialmente desde que en 2019 se implantara la obligatoriedad del control horario para las empresas españolas.

Mientras que aquellos empleados con un puesto fijo o que teletrabajan suelen tener claro qué transportes forman parte de su jornada, otras personas, especialmente las que tienen muchos desplazamientos a lo largo de la jornada o las que, precisamente, se desplazan como parte de sus funciones, pueden no tener tan claros estos límites.

¿Cuándo se considera un desplazamiento tiempo de trabajo y cuándo no?

En primer lugar, cuando se trata de un puesto de trabajo fijo y, por supuesto, en el caso de un puesto remoto desde casa, no se puede considerar tiempo de trabajo aquel que transcurre entre que el empleado sale de su domicilio y llega al puesto de trabajo, dado que, según la directiva europea al respecto, el tiempo de trabajo es aquel durante el cual el trabajador está a disposición de la empresa.

Por otro lado, el tiempo empleado por los trabajadores en un desplazamiento dentro de su jornada laboral suscita más dudas. Una reciente sentencia de fecha 7/7/2020 (STS nº 650/2020) dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Social, ha indicado que el desplazamiento por el trabajador utilizando vehículos de empresa desde su domicilio al domicilio del cliente, sí debería ser considerado como tiempo efectivo de trabajo, tal como nos indica Belén Muñoz, abogada de Legálitas.

Además, así lo determinó asimismo el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (STJUE de 10 de septiembre de 2015, C-266/14), cuando en 2015, indicó que el desplazamiento en empresas sin centro de trabajo fijo o habitual,  al iniciar la jornada de los trabajadores de la empresa contaba como horario laboral, así como la vuelta, debido a que los empleados no tenían puesto de trabajo fijo y se trasladaban al domicilio de los clientes.

¿Qué hay de los viajes por trabajo? ¿Se consideran parte de la jornada laboral?

Un viaje de negocios u otro desplazamiento extraordinario y esporádico generalmente se considera como período laboral y debe formar parte de la información inscrita en las herramientas de control horario.

No obstante, es recomendable atenerse a las circunstancias de cada empresa, sus normativas y a lo acordado entre empresa y trabajador en el contrato.

¿Cambia la jornada en teletrabajo?

Otra de las dudas que pueden surgir, especialmente desde el auge del trabajo en remoto y constatar que el teletrabajo ha venido para quedarse, es si hay algún cambio en cuanto al control horario y la distribución de la jornada. No obstante, la modalidad de teletrabajo no debe de implicar ninguna modificación en el horario ni en cómo se contabiliza la jornada: se trata de la misma jornada que si fuera en un puesto de trabajo presencial y, por tanto, los fichajes se realizan obligatoriamente de igual manera.




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