En su Comunicación de septiembre de 2017 sobre la lucha contra el contenido ilícito en línea, la Comisión Europea prometió hacer un seguimiento de los progresos realizados y evaluar si se requieren medidas adicionales, incluidas eventuales medidas legislativas que complementen el actual marco regulador, para garantizar que los contenidos ilícitos en línea se detectan y retiran de manera rápida y proactiva. En consecuencia, la Comisión, antes de determinar si será necesaria una actuación legislativa, presenta hoy un conjunto de medidas operativas, acompañadas de las salvaguardias correspondientes, que han de adoptar las empresas y los Estados miembros para intensificar esta labor. Las medidas recomendadas atañen a todas las formas de contenidos ilícitos, desde los contenidos terroristas hasta la incitación al odio y la violencia, el material relacionado con abusos sexuales a menores, los productos falsificados o la violación de derechos de autor. La Recomendación se basa en la labor que se está llevando a cabo con el sector a través de diversas iniciativas voluntarias cuyo objetivo es garantizar que internet está libre de contenidos ilícitos y refuerza las medidas adoptadas en el marco de diferentes iniciativas. El vicepresidente responsable del mercado único digital, Andrus Ansip, ha declarado lo siguiente: «Las plataformas en línea se están convirtiendo en la principal puerta de acceso del público a la información, de modo que estas plataformas tienen la responsabilidad de ofrecer un entorno seguro a sus usuarios. Lo que es ilícito en el mundo real lo es también en el virtual. Es cierto que hay varias plataformas que están retirando más contenidos ilícitos que nunca antes, y esto demuestra que la autorregulación puede funcionar, pero, con todo, tenemos que responder con mayor rapidez ante la propaganda terrorista y otros contenidos ilícitos que suponen una grave amenaza para la seguridad y los derechos fundamentales de nuestros ciudadanos». La difusión de contenidos ilícitos en línea menoscaba la confianza de los ciudadanos en internet y plantea amenazas para la seguridad. Aunque en Europa se han realizado progresos en lo referente a la protección de los ciudadanos en la red, las plataformas tienen que redoblar sus esfuerzos para retirar de la web los contenidos ilícitos con mayor rapidez y de manera más eficaz. Las medidas voluntarias del sector, promovidas por la Comisión a través del Foro de Internet de la UE sobre los contenidos terroristas en línea, el Código de conducta para combatir el delito de incitación al odio en línea y el Memorándum de acuerdo sobre la venta de mercancías falsificadas, ya han dado algunos frutos. No obstante, hay margen para una actuación más eficaz, especialmente con respecto a la cuestión más urgente de los contenidos terroristas, que suponen un grave riesgo para la seguridad. Refuerzo de los procedimientos en pos de una mayor eficacia en la retirada de contenidos ilícitos La Recomendación de hoy establece medidas operativas para garantizar que los contenidos ilícitos en línea se detectan y retiran con mayor rapidez, reforzar la cooperación entre las empresas, los alertadores fiables y las fuerzas de seguridad, y aumentar la transparencia y las salvaguardias de cara a los ciudadanos: Las medidas pueden diferir en función de la naturaleza de los contenidos ilícitos, y la Recomendación alienta a las empresas a que apliquen el principio de proporcionalidad a la hora de retirar este tipo de contenidos. Mayor protección frente a los contenidos terroristas en línea Los contenidos terroristas en línea suponen un riesgo especialmente grave para la seguridad de los ciudadanos de Europa, y su proliferación debe tratarse como una cuestión de máxima urgencia. Es por ello que la Comisión recomienda hoy, además, una serie de disposiciones más específicas destinadas a seguir frenando los contenidos terroristas en línea: Próximas etapas La Comisión hará un seguimiento de las medidas que se adopten en respuesta a la Recomendación y determinará si se requieren medidas suplementarias, incluidas, en su caso, medidas legislativas. Asimismo, la Comisión proseguirá su labor de análisis, en estrecha colaboración con las partes interesadas. En este sentido, pondrá en marcha una consulta pública sobre la cuestión en las próximas semanas. A fin de poder hacer un seguimiento de los efectos de la Recomendación, se pedirá a los Estados miembros y las empresas que faciliten la información correspondiente sobre los contenidos terroristas en el plazo de tres meses y sobre otros contenidos ilícitos en el plazo de seis meses.
En consecuencia, la Comisión, antes de determinar si será necesaria una actuación legislativa, presenta hoy un conjunto de medidas operativas, acompañadas de las salvaguardias correspondientes, que han de adoptar las empresas y los Estados miembros para intensificar esta labor. Las medidas recomendadas atañen a todas las formas de contenidos ilícitos, desde los contenidos terroristas hasta la incitación al odio y la violencia, el material relacionado con abusos sexuales a menores, los productos falsificados o la violación de derechos de autor. La Recomendación se basa en la labor que se está llevando a cabo con el sector a través de diversas iniciativas voluntarias cuyo objetivo es garantizar que internet está libre de contenidos ilícitos y refuerza las medidas adoptadas en el marco de diferentes iniciativas.
El vicepresidente responsable del mercado único digital, Andrus Ansip, ha declarado lo siguiente: «Las plataformas en línea se están convirtiendo en la principal puerta de acceso del público a la información, de modo que estas plataformas tienen la responsabilidad de ofrecer un entorno seguro a sus usuarios. Lo que es ilícito en el mundo real lo es también en el virtual. Es cierto que hay varias plataformas que están retirando más contenidos ilícitos que nunca antes, y esto demuestra que la autorregulación puede funcionar, pero, con todo, tenemos que responder con mayor rapidez ante la propaganda terrorista y otros contenidos ilícitos que suponen una grave amenaza para la seguridad y los derechos fundamentales de nuestros ciudadanos».
La difusión de contenidos ilícitos en línea menoscaba la confianza de los ciudadanos en internet y plantea amenazas para la seguridad. Aunque en Europa se han realizado progresos en lo referente a la protección de los ciudadanos en la red, las plataformas tienen que redoblar sus esfuerzos para retirar de la web los contenidos ilícitos con mayor rapidez y de manera más eficaz. Las medidas voluntarias del sector, promovidas por la Comisión a través del Foro de Internet de la UE sobre los contenidos terroristas en línea, el Código de conducta para combatir el delito de incitación al odio en línea y el Memorándum de acuerdo sobre la venta de mercancías falsificadas, ya han dado algunos frutos. No obstante, hay margen para una actuación más eficaz, especialmente con respecto a la cuestión más urgente de los contenidos terroristas, que suponen un grave riesgo para la seguridad.
Refuerzo de los procedimientos en pos de una mayor eficacia en la retirada de contenidos ilícitos
La Recomendación de hoy establece medidas operativas para garantizar que los contenidos ilícitos en línea se detectan y retiran con mayor rapidez, reforzar la cooperación entre las empresas, los alertadores fiables y las fuerzas de seguridad, y aumentar la transparencia y las salvaguardias de cara a los ciudadanos:
- Procedimientos de «notificación y acción» más claros: Las empresas deben fijar unas normas sencillas y transparentes para la notificación de los contenidos ilícitos, lo que incluye procedimientos acelerados para los «alertadores fiables». A fin de evitar que se retiren de forma accidental contenidos que no sean ilícitos, se hace necesario informar a los proveedores de contenidos de las decisiones de retirada y ofrecerles la oportunidad de impugnar tales decisiones.
- Instrumentos más eficaces y tecnologías proactivas: Las empresas deben diseñar unos sistemas de notificación claros para los usuarios. Han de contar con instrumentos proactivos para detectar y retirar los contenidos ilícitos, en particular en el caso de los contenidos terroristas y los contenidos que no necesitan contextualización para considerarse ilícitos, como el material relacionado con abusos sexuales a menores o las mercancías falsificadas.
- Salvaguardias más sólidas para garantizar los derechos fundamentales: Con miras a garantizar que las decisiones de retirada de contenidos sean rigurosas y estén debidamente fundamentadas, sobre todo cuando intervienen instrumentos automatizados, las empresas deben poner en marcha salvaguardias eficaces y apropiadas, en particular la supervisión y la verificación por humanos, respetando en todo momento los derechos fundamentales, la libertad de expresión y las normas relativas a la protección de los datos.
- Prestar especial atención a las pequeñas empresas: El sector debe, a través de acuerdos voluntarios, cooperar e intercambiar experiencias, mejores prácticas y soluciones tecnológicas, sobre todo instrumentos para la detección automática. La idea es que esta responsabilidad compartida beneficie especialmente a las plataformas de menor tamaño con unos recursos y unos conocimientos técnicos más limitados.
- Cooperación más estrecha con las autoridades: Si hay pruebas que apuntan a un delito grave o se sospecha de que hay contenidos ilícitos que suponen una amenaza para la vida o la seguridad, las empresas deben informar inmediatamente a las fuerzas de seguridad. Por su parte, se invita a los Estados miembros a que establezcan las obligaciones jurídicas apropiadas.
Las medidas pueden diferir en función de la naturaleza de los contenidos ilícitos, y la Recomendación alienta a las empresas a que apliquen el principio de proporcionalidad a la hora de retirar este tipo de contenidos.
Mayor protección frente a los contenidos terroristas en línea
Los contenidos terroristas en línea suponen un riesgo especialmente grave para la seguridad de los ciudadanos de Europa, y su proliferación debe tratarse como una cuestión de máxima urgencia. Es por ello que la Comisión recomienda hoy, además, una serie de disposiciones más específicas destinadas a seguir frenando los contenidos terroristas en línea:
- La norma de una hora: Dado que los contenidos terroristas son más nocivos durante las primeras horas de su aparición en línea, todas las empresas han de retirarlos, como norma general, en el plazo de una hora desde su notificación.
- Mayor rapidez de detección y retirada efectiva: Además de la notificación, las empresas de internet deben introducir medidas proactivas, sobre todo de detección automatizada, para retirar los contenidos terroristas o inhabilitar el acceso a ellos de manera eficaz y rápida y evitar que vuelvan a aparecer una vez hayan sido retirados. A fin de ayudar a las plataformas más pequeñas, las empresas han de compartir y optimizar los instrumentos informáticos adecuados y poner en marcha acuerdos de colaboración que favorezcan una mayor cooperación con las autoridades pertinentes, y en particular con Europol.
- Mejora del sistema de notificación: Se han de introducir procedimientos acelerados para tramitar las notificaciones con la mayor rapidez posible, y los Estados miembros tienen que asegurarse de disponer de las capacidades y los recursos necesarios para detectar, identificar y notificar los contenidos terroristas.
- Información periódica: Los Estados miembros deben, con carácter periódico y preferiblemente cada tres meses, informar a la Comisión de las notificaciones recibidas y el seguimiento que se les dé, así como de la cooperación global con las empresas para frenar los contenidos terroristas en línea.
Próximas etapas
La Comisión hará un seguimiento de las medidas que se adopten en respuesta a la Recomendación y determinará si se requieren medidas suplementarias, incluidas, en su caso, medidas legislativas.
Asimismo, la Comisión proseguirá su labor de análisis, en estrecha colaboración con las partes interesadas. En este sentido, pondrá en marcha una consulta pública sobre la cuestión en las próximas semanas.
A fin de poder hacer un seguimiento de los efectos de la Recomendación, se pedirá a los Estados miembros y las empresas que faciliten la información correspondiente sobre los contenidos terroristas en el plazo de tres meses y sobre otros contenidos ilícitos en el plazo de seis meses.
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