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  • La magistrada explica que se trata de una versión de los ‘timos del amor’ que se registran en internet

El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife de Lanzarote ha condenado a penas de hasta tres años y nueve meses de prisión a una pareja de ladrones que se confabuló en marzo de 2015 para robar en la casa de un vecino de la capital de la isla a través de un elaborado engaño: Ella alejaba al dueño de la vivienda de su morada haciéndole albergar la esperanza de que iban a tener una relación y, mientras, él desvalijaba su vivienda.

El fallo habla del caso como una versión urbana de “las estafas por internet conocidas como los timos del amor”.

La magistrada Aitziber Oleaga ha impuesto tres años y nueve meses de prisión al varón como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada con la agravante de reincidencia (cuenta con varias condenas previas) y dos años y seis meses a la mujer que actuaba como gancho, por el mismo delito.

La sentencia declara probado que los dos acusados, que en el pasado habían mantenido una relación de pareja, planearon en el invierno de 2015 acceder a la vivienda de un vecino de la capital conejera con el fin de desvalijarla, aprovechando que ella había conocido al dueño de la casa y la propia vivienda en el mes de marzo al haber tenido tratos con él para alquilar un piso de su propiedad.

Con este propósito, sigue el fallo, convinieron que ella “se encargaría de alejar” a la víctima de su vivienda. Y así, en la noche del 29 de marzo de 2015, mientras el dueño de la casa estaba en compañía de la hoy condenada, su cómplice “tras violentar la contraventana de una ventana accedió al interior del domicilio” y se apoderó de objetos por valor de 1.667 euros.

El cortejo

En el día del robo, detalla el fallo, la mujer que actuaba de gancho quedó con la víctima “para tratar sobre el tema del alquiler del piso que quería arrendar”.

Primero pasó por su casa para “pedirle un vaso de agua” y quedó con él para “ir a tomar un café unas horas más tarde”.

El denunciante recogió a la mujer en su casa, y ambos se fueron a Costa Teguise. El café “se alargó hasta la cena en un chino e ir de tiendas por Costa Teguise”.

Agrega el fallo que después de este periplo el denunciante llevó a la mujer a la vivienda de ésta para que se cambiara de ropa “por un problema en la cremallera”, y finalmente, la acompañó “a comprar unas pizzas para sus hijos, que la llamaron para la las comprase”.

Detalla la magistrada que fue precisamente mientras el denunciante esperaba a que la mujer comprara las pizzas cuando le llamó su hermano “comunicándole que le habían entrado a robar en casa”.

Según la sentencia, cuando la víctima se apresuró a regresar a su casa para saber lo que había pasado, la mujer “le quiso acompañar” y en el trayecto “no cesó de preguntarle si le habían robado dinero en metálico, lo cual le extrañó sobremanera al denunciante”.

Igualmente, le pareció raro que ella “quisiera entrar a toda costa en su casa”, a lo que se negó la madre del denunciante.

Expone la juez que el denunciante admitió a lo largo del proceso, si bien con reticencias, que había pensado “incluso tener una relación sentimental” con la que a la sazón sería la coautora del robo a su casa.

Si bien los acusados negaron en el juicio cualquier relación con el robo, la principal prueba directa de su autoría fue que el varón había dejado nada menos que 10 huellas digitales y dos palmares en la ventana que había sido violentada para la consecución del robo. A pesar de que la defensa impugnó esta prueba, la resolución judicial le da plena validez.

La sentencia, que se adjunta, es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.




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