Carpeta de justicia

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  • La Seguridad Social le retiró la pensión por estar tomando media pastilla menos de la que le prescribieron en 2014
  • La sentencia recuerda a la administración “los riesgos de conducir bajo los efectos de determinados medicamentos”

El Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a devolver la pensión a un camionero con trastornos psiquiátricos al que se le había concedido la invalidez permanente en grado de total para la profesión de conductor en 2014.

El INSS declaró al demandante “no afecto por incapacidad permanente por mejoría de sus lesiones” pero la justicia ha dado la razón al paciente que, representado legalmente por el centro médico jurídico Tribunal Médico, ha demostrado que su diagnóstico es el mismo que hace dos años e incluso necesita ir acompañado cuando sale del barrio, a causa del trastorno de agorafobia.  Su situación no ha variado, salvo en que se ha reducido en medio comprimido la dosis de uno de los cuatro fármacos que le fueron pautados en 2014.

La sentencia indica que se declaró al demandante en situación de incapacidad permanente en grado de total, además de por la apreciación de diversas patologías como el trastorno esquizotípico de la personalidad o el trastorno de ansiedad generalizada con agorafobia, por la pauta farmacológica que debe seguir el paciente y el riesgo que comportan los efectos secundarios de la medicación para la conducción de un vehículo de esas dimensiones.

“En tiempos en los que desde las administraciones competentes en materia de tráfico se ha promovido la concienciación sobre los riesgos de conducir bajo los efectos de determinados medicamentos”, sostiene el juez en la sentencia, no puede prosperar la petición de retirar la pensión al demandante, al que se le declara, nuevamente, en situación de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, por lo que se condena al INSS a abonarle una pensión vitalicia. Alejandro Rusiñol, responsable de Tribunal Médico, aconseja a las personas que se encuentran ante resoluciones de la Seguridad Social que lesionan sus intereses que “no deben tirar la toalla, pues de esta sentencia y muchas otras se desprende que los tribunales escuchan a los ciudadanos sin importar que el condenado sea el Estado”




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