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  • El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a una ciudadana a la que se negaba el derecho a recibir la prestación, acreditando el caos de la administración en la materia

Almudena (nombre ficticio) carecía de ingresos junto a su pareja, y decidieron pedir el ingreso mínimo vital para poder subsistir en marzo del año 2021. La administración denegó a Almudena ese derecho, con la motivación de "que era parte de otra unidad de convivencia".

Al no estar conforme y no tener sentido alguno para ella la motivación que le dieron, recurrió a Servilegal Abogados, despacho que destaca por haber conseguido múltiples victorias contra la administración en los últimos años.

El director de Servilegal, el abogado Ignacio Palomar Ruiz analizó su caso, y vio que la raiz del problema era que la Seguridad Social consideraba que debía formalizar pareja de hecho legalmente inscrita, para tener derecho a ser una unidad de convivencia.

Preguntado Palomar por cómo consiguen este tipo de victorias, nos cuenta que en este caso se ha apelado al principio de seguridad jurídica analizando pormenorizadamente los requisitos de la ley exigibles para obtener el ingreso mínimo vital, determinando que la propia ley tiene vicios al haberse realizado tan rápido, y ese error, hace que no se determine explícitamente que la pareja de hecho deba estar formalmente inscrita.

Relata que es habitual conseguir estas victorias por fallos del legislador, y no hacer leyes que prevean la amplitud de supuestos que existen en nuestra sociedad.

Desde Servilegal celebran esta nueva victoria y que la justicia corrija las caóticas actuaciones administrativas que perjudican los derechos de los ciudadanos, igualmente Almudena está muy contenta, porque gracias a esta victoria judicial recibirá atrasos por valor de unos 9.000.-€, lo que hará que su futuro inmediato mejore sobremanera.




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